Provincia dio marcha atrás con resolución sobre aplicación de fitosanitarios

Una resolución sobre aplicación de fitosanitarios en territorio bonaerense cuyo texto contaba en su articulado con un polémico permiso para aplicar esas sustancias cerca de escuelas y zonas de bombeo de agua fue suspendida que fue modificado.

Según los fundamentos de la suspensión de la resolución publicada en el Boletín Oficial provincial y que lleva la firma del ministro de Agroindustria Leonardo Sarquís, «se advierte la necesidad de fomentar su cumplimiento y asegurar su implementación aprovechando la sinergia derivada de los municipios y de la provincia» y que por ello «resulta lógico y necesario suspender la vigencia de la Resolución N° 246/18 a los efectos de unificar mecanismos de coordinación operativa y asistencia entre esta Jurisdicción y los municipios firmantes y los que en un futuro firmasen en pos de optimizar los canales de colaboración al efecto».

La suspensión será por el término de un año y además de tratarse de una cuestión operativa – en la última Mesa Agropecuaria provincial surgió el reclamo – la oposición en la Legislatura planteó su rechazo por la permisividad para fumigar cerca de zonas delicadas.

Por ello también Sarquís decidió modificar un artículo de la resolución suspendida:

El original ARTÍCULO 5°, decía: «La aplicación de fitosanitarios dentro de la zona de amortiguamiento contigua a establecimientos educativos, cualquiera sea la modalidad de aplicación deberá efectuarse fuera de horario escolar»;

El modificado quedó así: «Abstenerse en forma total de realizar aplicaciones y pulverizaciones de fitosanitarios, en los lotes que linden con establecimientos educativos, campos de bombeo o baterías de pozos para el abastecimiento público, cuerpos y cursos de agua emplazados en el área rural. Si las mismas se tuvieran que realizar por alguna razón estrictamente justificada, fuera y lejos de los horarios de clases, y de otras actividades,y post finalización de las mismas, y siempre y en todos los casos sin presencia alguna de personas o animales, sólo si o si podrán hacerse, las que cuenten con la intervención de un profesional Ingeniero Agrónomo matriculado, autorizando y documentando las mismas previamente, siendo responsable ante las autoridades locales de dicha práctica y sus consecuencias». (InfoGEI)