El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, instruyó a las y los fiscales con competencia criminal y correccional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que postulen la prórroga de todas las medidas preventivas para la protección de las víctimas, y sus entornos, en aquellas investigaciones en las que el objeto procesal involucre violencia de género. La instrucción general fue dictada mediante la Resolución PGN 29/2020 y sugiere que las medidas se extiendan hasta que «cesen las restricciones imperantes para la mitigación del coronavirus».
En ese sentido, la Procuración General de la Nación calificó como necesario “fortalecer los mecanismos de acceso a la justicia rápida mientras dure el aislamiento, de manera de asegurar la plena vigencia de las medidas de protección o cautelares –dictadas en el marco de procesos penales de violencia de género- cuya renovación pueda ser afectada por las dificultades que existen en razón de las circunstancias imperantes, en tanto no caben dudas que el aislamiento constituye un obstáculo para el acceso a la justicia, más allá de su justificación en el paliamiento de la pandemia”.
La resolución recordó la reciente publicación de la Oficina Regional de la ONU Mujeres para las Américas y el Caribe “COVID-19 en América Latina y el Caribe: Cómo incorporar a las mujeres y a la igualdad de género en la gestión de la respuesta a la crisis”, donde se señala que en los contextos de emergencia sanitaria aumentan los riesgos de violencia contra las mujeres y niñas, especialmente en contextos de violencia doméstica, por el aumento de tensiones en el hogar y el aislamiento de las mujeres.
También se mencionó que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do Pará” (aprobada por ley 26.632), en su artículo 7, inciso d, obliga a los Estados a adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad, y en el inciso f, a establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección y el acceso efectivo a tales procedimientos.
Así, la resolución instruyó a las fiscalías nacionales a postular la prórroga de todas las medidas preventivas, salvo manifestación expresa contraria de la víctima, en cuyo caso se podrá solicitar la colaboración a la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) y de su cuerpo interdisciplinario de profesionales interdisciplinario.
Finalmente, también se recordó la plena vigencia de la “Guía de Actuación en casos de Violencia Doméstica contra las Mujeres” aprobado mediante la Resolución PGN 1232/2017, que tiende a asegurar que la actuación del Ministerio Público Fiscal en casos de violencia doméstica contra las mujeres prevenga su revictimización y garantice el pleno goce de sus derechos.