Un hombre que cometió delitos en un contexto de violencia de género en contra de su expareja deberá indemnizarla por 1.000.000 de pesos y transferirle un inmueble

Se trata de Roque Arturo Barbero, de 56 años, quien fue condenado a tres años de prisión condicional. Además tendrá que cubrir el costo de tratamientos psicológicos por un año para la víctima y para él. Los hechos ilícitos fueron cometidos en Rafaela y la fiscal que estuvo a cargo de la investigación es Gabriela Lema.

Un hombre de 56 años, identificado como Roque Arturo Barbero, fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento condicional por haber cometido delitos en un contexto de violencia de género. Los ilícitos fueron en perjuicio de una mujer con la que mantuvo una relación de pareja en Rafaela.

Se dispuso que el condenado le entregue a la víctima 1.000.000 de pesos como indemnización y le transfiera el dominio de una vivienda de Bella Italia (departamento Castellanos). Dado que ese inmueble está alquilado y dos hijos de Barbero perciben la retribución económica, el agresor deberá abonar el alquiler del lugar en el que la víctima reside actualmente hasta que ella pueda acceder al que le corresponde.

Asimismo, se ordenó que Barbero pague tratamientos psicológicos para él y su expareja durante un año -se deberán presentar certificados cada 30 días para constatar el cumplimiento de esta regla de conducta.

La fiscal Gabriela Lema estuvo a cargo de la investigación. Según informó, al condenado además se le impuso una restricción de distancia en relación a la víctima.

Violencia de género

Lema indicó que “un sábado de febrero de este año alrededor de las 4:30 de la madrugada, el condenado atacó a la víctima mientras iban en un automóvil que él conducía”, y mencionó que “horas antes habían estado en un boliche de Rafaela”.

“Barbero golpeó con los puños a la mujer en diferentes partes del cuerpo, la insultó y le reprochó conductas que ella había tenido en el local bailable”, afirmó la fiscal. “Producto de la agresión, la víctima resultó herida en el codo izquierdo y en el rostro”, detalló.

“En un momento, el imputado detuvo la marcha del vehículo y la mujer descendió con la intención de ir a pie hasta su casa”, expuso la funcionaria del MPA. “No obstante, pocos metros más adelante, él intentó obligarla a subir nuevamente al vehículo, lo cual no logró porque ella se resistió y policías que patrullaban la zona advirtieron la situación”, destacó.

Por otro lado, Lema señaló que “en otra ocasión, Barbero tomó violentamente de un brazo a la mujer, le pegó y la hirió en un codo”. A su vez, manifestó que “en una oportunidad en la que discutieron, él la agredió físicamente y le causó lesiones en el rostro”.

“Los hechos delictivos fueron cometidos en un claro contexto de violencia de género en contra de la víctima”, sostuvo la fiscal.

Responsabilidad penal

Barbero reconoció su responsabilidad penal como autor de lesiones leves dolosas agravadas (por haber mantenido una relación de pareja y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género) así como de una tentativa de privación ilegítima de la libertad.

La condena fue ordenada por el juez Nicolás Stegmayer, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales de Rafaela.

La Defensa aceptó la calificación penal propuesta por la Fiscalía, el monto y el modo de ejecución de la pena y la modalidad del juicio. Por su parte, la víctima fue notificada y expresó su acuerdo con lo dispuesto.