Los nuevos ataques sucedidos en las últimas semanas volvieron a poner de manifiesto una problemática con una larga lista de antecedentes. La tenencia de perros peligrosos puede poner en riesgo la propia vida y también la de los demás, si no se realiza de manera responsable.
En la provincia de Buenos Aires existe una ley, la 14.107, que estipula sanciones a los dueños y la obligación de inscribir a las mascotas en un registro, pero a casi una década de su aprobación en la Legislatura, no se cumple porque nunca fue reglamentada.
En la última semana, dos chicos fueron atacados por perros en localidades bonaerenses. El primer hecho ocurrió en Mar del Plata, cuando un perro raza pitbull, propiedad de su familia, atacó a una nena de 9 años y la dejó hospitalizada con heridas en el brazo; el segundo caso, apenas horas más tarde, sucedió en Balcarce: un nene de 4 quedó internado con graves heridas en el rostro tras ser mordido por un Golden.
En tanto, en diciembre se dio un episodio fatal: un perro raza Dogo atacó y mató a una mujer de 62 años en su vivienda de Tandil. Ese mismo mes, durante Navidad, un jubilado de 70 años fue desfigurado por su perro Pitbull en Bernal, partido de Quilmes. El hombre perdió una oreja y quedó al borde de la muerte.
La ley que nunca entró en vigencia en la provincia fue sancionada en 2010. Establece cuáles son las razas de perros considerados “peligrosos”, pena con duras sanciones y multas a los propietarios ante un ataque y los obliga a inscribir a las mascotas en un Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos de cada municipio, una especie de libreta en la que se incluiría cualquier incidente protagonizado por las mascotas a lo largo de su vida y que se cerraría con su muerte.
Asimismo, prevé la necesidad de identificar al perro con un chip para que el dueño no pueda desentenderse si la mascota protagoniza un ataque. En la confección del proyecto participaron varios organismos gubernamentales, así como también la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) y el Colegio de Veterinarios bonaerense.
El presidente del Colegio, Osvaldo Rinaldi, lamentó que no rija la ley a la que calificó como “muy completa”, aunque se mostró en desacuerdo con “la estigmatización de una raza”. Según dijo el veterinario, la clave está en el tipo de crianza y sostuvo que “cualquier perro puede ser peligroso”.
La normativa estipula una serie de condiciones para la tenencia de 14 razas de perros considerados “potencialmente peligrosos” que por su “naturaleza agresiva, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones graves a las personas y a otros animales”.
Entre estas razas se incluyen: Akita Inu, American Staffordshire, Bullmastif, Bull Terrier, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileño, Gran Perro Japones, Mastin Napolitano, Pitbull Terrier, Presa Canario, Rottweiler y Staffordshire Bull Terrier.
Rinaldi sostuvo que muchas veces el problema empieza cuando el perro siente que tiene “una jerarquía dentro de la casa y vive como un humano más”. Eso puede generar problemas de conducta y dificultades por parte de los dueños para manejarlos.
En 2016, la Cámara de Senadores bonaerense aprobó un proyecto que sumaba un artículo a la ley 14.107, pero éste nunca avanzó en diputados: señalaba que los dueños de los perros peligrosos deberían contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra los gastos de los daños o lesiones que pudieran producir a terceros. Y elevaba el monto de las multas entre dos y diez salarios mínimos.
Normativas en municipios
Si bien la ley no se cumple, algunos municipios se inspiraron en esa normativa para crear ordenanzas de regulación. Por ejemplo, en Escobar el concejo deliberante aprobó en abril pasado una norma que exige a los propietarios y tenedores de perros a inscribirlos un Registro Virtual de Mascotas, así como también a colocarles un chip.
En Mar del Plata, donde el año pasado había unas cinco denuncias por semana por la existencia de perros peligrosos sin correa, existe una ordenanza que regula la tenencia desde 2015.
La normativa estipula que el animal tiene que tener un microchip y debe estar inscripto en el Registro Municipal Canino (ReMCa), donde hasta mediados del año pasado había unos 900 animales anotados. Asimismo, señala que deben circular por la vía pública con una correa no superior a los 2 metros, collar de ahorque y bozal. Asimismo, obliga a los dueños a contratar un seguro de responsabilidad civil para la plena cobertura de la indemnización por los daños que el perro pudiere provocar.
Con todo el peso la ley
La Cámara de Apelaciones en lo Penal Departamental confirmó en las últimas horas la sentencia dictada por el juez Carlos Picco a cargo de la Justicia Contravencional de Pergamino, que dispuso una multa de $ 4.000 al dueño de cuatro perros, uno de los cuales mordió a un nene de 6 años que caminaba por la calle junto su padre en junio pasado.
Cabe recordar que en un fallo inédito, que luego fue confirmado por la Sala I del Tribunal de Casación bonaerense, la Justicia condenó a ocho años de prisión a un hombre cuyo pitbull mordió y mató a un nene de dos años, en la localidad platense de Alejandro Korn en 2014.
La Magistratura le dio en 2017 la razón al Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, que en 2016 lo había condenado al considerar que el hombre era culpable por homicidio simple con dolo eventual, un fallo sin precedentes en la justicia argentina.(DIB)