La Sala A de la Cámara Federal de Rosario confirmó el procesamiento con prisión preventiva de un policía acusado de narcotráfico, falsedad ideológica y falso testimonio. Juan Ángel Delmastro había sido procesado en julio de este año junto al ex jefe de Inteligencia Zona Sur de Drogas Peligrosas, y presentó un recurso de apelación luego de que ambos fueran acusados de mantener una sociedad con el líder de una banda narco, impartirle órdenes para el comercio de estupefacientes en Rosario y Villa Constitución y recibir información de otros vendedores a fin de detenerlos y afianzar su carrera policial a través de procedimientos fraudulentos. En la causa interviene Claudio Kishimoto, interinamente a cargo de la Fiscalía Federal de Primera Instancia Nº 2 de Rosario.
En su recurso, la defensa de Delmastro cuestionó que éste fuese procesado como presunto coautor junto con Druetta, ya que la mayoría de las causas no concuerdan con el lapso en que ambos desarrollaron funciones juntos. También argumentó que Delmastro era sargento al momento de los hechos, “por lo que difícilmente pueda inferirse que siendo un subalterno de una organización piramidal como la policía pudiera haber tenido el control de los hechos como para consignarse la responsabilidad de organizador”.
La causa se inició como un desprendimiento de un expediente centrado en Ignacio Actis Caporale, actualmente procesado por liderar una banda narco. Según el testimonio de un “arrepentido”, Druetta y Delmastro tomaban decisiones en tareas relacionadas con la distribución, obtención, guarda y posterior comercialización de narcóticos. Haciendo uso de su condición de funcionarios públicos, los dos imputados también realizaban procedimientos de prevención con información obtenida ilegalmente a través de Actis Caporale, a fines de consolidar falsamente su función y su éxito profesional.
La Cámara Federal de Rosario destacó que las cinco causas en las que están imputados ambos acusados se encuentran vinculadas a procedimientos llevados a cabo que culminaron en el secuestro de droga y la detención de sus tenedores inmediatos, los cuales hacían pasar falsamente como originados en comunicaciones efectuadas de forma anónima o como consecuencia de tareas de prevención general, cuando en realidad se realizaban a raíz de información ilegalmente obtenida de Actis Caporale.
Respecto al delito de falsedad ideológica en referencia a los operativos, los jueces destacaron la definición presente en el artículo 293 del Código Penal, que la contempla como “insertar o hacer declaraciones falsas (…) Existe en un acto incluso exteriormente verdadero cuando contiene declaraciones mendaces, y se llama precisamente ideológica porque el documento no es falso en sus condiciones de existencia, sino que son falsas las ideas que en él se quieren afirmar como verdaderas”. En ese sentido, las pruebas incorporadas acreditarían que Delmastro en dos de los casos participaba en la confección de procedimientos de prevención con información obtenida ilegalmente, que culminaron con la detención de diferentes personas y el secuestro de material estupefaciente. Delmastro habría afirmado también una falsedad al declarar ante los órganos judiciales competentes respecto de cómo habrían sucedido los hechos en realidad.
En referencia al argumento esgrimido por la defensa sobre su lugar en la estructura piramidal de la policía provincial, la Cámara recordó que Delmastro tuvo activa participación en al menos dos hechos, firmó las actas cuestionadas por la justicia e incluso las reconoció ante el Tribunal Oral. También se acreditó la relación de ambos funcionarios con Acits Caporale, el suministro de estupefacientes, como también las presuntas sumas que abonaban los vendedores de droga a ambos para poder continuar con el negocio.