El Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe impuso este mediodía por unanimidad condenas que van desde los cinco a los dieciséis años de prisión para seis ex policías provinciales por los delitos de privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados en perjuicio de once víctimas durante la época del terrorismo de Estado. Asimismo dispuso que los condenados cumplan la pena en cárceles una vez que quede firme la sentencia -si su estado de salud lo permite- y que mientras tanto continúen en el goce de la prisión domiciliaria.
Integrado por el juez José María Escobar Cello (presidente), la vocal María Ivon Vella y el vocal Luciano Lauría, el tribunal impuso la pena de 16 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua al ex jefe de la División de Informaciones Policiales de la Unidad Regional 1, German Raúl Chartier, por considerarlo autor mediato de once hechos de privación ilegal de la libertad agravada por empleo de violencia y amenazas y ocho hechos de tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos.
En tanto, el ex oficial ayudante de la División de Informaciones “D-2”, Eduardo Enrique Riuli, fue condenado a 6 años y seis meses de prisión como autor de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por empleo de violencia y amenazas en tres hechos en concurso real.
Por su parte, el entonces sargento de la División de Informaciones “D-2”, Rubén Oscar Insaurralde, recibió 6 años de prisión por ser considerado autor de privación ilegal de la libertad agravada por empleo de violencia y amenazas en un caso y por tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos en otros dos.
Finalmente, el tribunal impuso cinco años de prisión al ex cabo del Departamento Operaciones Policiales “D-3”, Omar Epifanio Molina, al ex cabo de la División Robos y Hurtos de la U.R.I, Antonio Rubén González, y al ex jefe de la Comisaría XIII de la ciudad de Laguna Paiva, Fernando Sebastián Mendoza.
Molina y González fueron considerados autores de privación ilegal de la libertad agravada por empleo de violencia y amenazas y tormentos agravados por tratarse de un perseguido político en un caso, mientras que Mendoza fue condenado como autor de cinco hechos de privación ilegal de la libertad.
El tribunal asimismo rechazó la solicitud de prescripción planteada por una de las defensas y ordenó remitir constancias del debate y la sentencia a la fiscalía de primera instancia y al juzgado federal para que se continúe la investigación de hechos denunciados en el debate, entre ellos casos de tormentos por los que fue señalado el codenado Riuli. También dispuso que los fundamentos de la resolución emitida hoy sean dados a conocer el próximo 29 de julio a las 12.30.
En su alegato pronunciado el 25 de junio pasado, el fiscal general a cargo de la Unidad de Derechos Humanos de Santa Fe, Martín Suárez Faisal, había requerido penas de veinte años de prisión para Chartier, de ocho años para Riuli y Mendoza, de siete años para Insaurralde, y de seis años para Molina y González.
Suárez Faisal había señalado a los acusados de gozar «de una firme posición para estar perfectamente preparados para acomodar su conducta a las normas jurídicas, para evitar los delitos que cometieron. Pero en todos los casos decidieron no hacerlo”. En esta misma línea, la acusación había señalado que los ahora condenados poseían “una comunión ideológica con el plan sistemático que había sido trazado por los altos mandos militares” y había descripto a los ex uniformados como “engranajes de ese plan sistemático que había enarbolado la dictadura”.
Durante el juicio se abordaron las privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos perpetradas en perjuicio de los perseguidos políticos Daniel Emilio Acosta, Roberto Manuel Soria, Arnaldo Catalino Páez, Mario Ángel Páez, Juana Tomasa Medina de Paéz, Ricardo Nicolás Galván, Juan Carlos Oliver, Hugo Alberto Silva, Juan Carlos Sánchez, Pedro Pablo Moncagatta y Juan Anselmo Miranda.
Luego de ser secuestradas por el aparato represivo de la última dictadura militar entre febrero y abril de 1980, las víctimas fueron mantenidas en cautiverio en centros clandestinos de detención (CCD) de la ciudad de Santa Fe y luego derivadas a distintos establecimientos penitenciarios del país. Allí sufrieron torturas psíquicas y físicas, que incluían golpes, amenazas, tabicamiento, inmovilización de piernas y brazos, interrogatorios con picana eléctrica, prohibición del uso de la palabra y otras formas de comunicación, burlas y humillaciones, desnudez forzada, entre otras.