San Juan: condenaron a diez años de prisión a un miembro de la comunidad gitana al considerar trata de personas un matrimonio forzado

Miguel Ángel Aramayo fue condenado por haber captado a una niña menor de catorce años a cambio de 50 mil pesos entregados a sus familiares en Comodoro Rivadavia. Una vez en San Juan, la víctima fue madre dos veces, y se le creó un nuevo DNI con nombre y fecha de nacimiento falsos. Para el fiscal Maldonado, en este tipo de acciones “se somete a las mujeres a prácticas patriarcales que esconden los privilegios masculinos, pretendiendo escudarse tras el velo de la cultura”.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Juan -con composición unipersonal- condenó a diez años de prisión a un integrante de la comunidad gitana al considerar como trata de personas un matrimonio forzado, triplemente agravado por la vulnerabilidad de la víctima, por tratarse de una menor de edad y por haberse consumado la explotación. La jueza Eliana Rattá de Rivas hizo lugar al pedido del titular de la Fiscalía ante el TOCF, Francisco Maldonado, quien había solicitado además anular las partidas de nacimiento de las dos hijas que la víctima tuvo con su captor, y confeccionar nuevos documentos tanto para las niñas como también para su madre. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el 29 de noviembre.

Miguel Ángel Aramayo fue condenado también por otros delitos en concurso real, ya que durante el juicio se probó que cuando su víctima estaba por dar a luz a la primera de sus dos hijas a los 15 años, participó en la maniobra para crearle un DNI con distinto nombre y fecha de nacimiento, con lo que hizo incierto o adulteró su estado civil, además de cometer el delito de falsedad ideológica de documento público. Para el representante del Ministerio Público Fiscal, el caso incluye “una práctica bastante difundida en ciertos grupos culturales que recogen una antigua tradición de matrimonios o uniones de hecho forzosos, como lo es la comunidad gitana a la que pertenecía la víctima”. En su alegato, Maldonado remarcó que en este tipo de situaciones “se somete a las mujeres a prácticas patriarcales que esconden los privilegios masculinos, pretendiendo escudarse tras el velo de la cultura”.

De acuerdo a la acusación, Aramayo captó a su víctima cuando tenía catorce años y vivía en la ciudad de Comodoro Rivadavia, Chubut. Luego, aprovechándose de su situación de vulnerabilidad marcada por su corta edad, su escaso nivel de educación, su condición de género y por formar parte de una comunidad gitana, logró atraerla. Para ello, Raúl Aramayo, el padre del condenado (imputado en la causa y fallecido el año pasado), pagó a la familia de la víctima una suma de 50 mil pesos para forzar a la niña a tener una unión de hecho con su hijo.

Posteriormente la víctima fue trasladada hacia la provincia de San Juan, donde fue madre por primera vez a los 15 años. De acuerdo con la investigación, durante ese período fue sometida a numerosos episodios de violencia física y verbal ejercidos tanto por Aramayo como por otros miembros de su familia. Además, no se le permitió tener contacto alguno con su familia de origen, no poseía teléfono celular, no disponía de dinero y no contaba con documentación personal propia ni la de sus hijas. La víctima intentó escaparse sin resultado en reiteradas ocasiones, hasta que en diciembre de 2016 consiguió la ayuda de un vecino, que contactó a sus familiares a través de Facebook.

Los vecinos del lugar corroboraron ante el Equipo Técnico del Programa de Rescate y Asistencia a Personas Damnificadas por el Delito de Trata que a la víctima no se la dejaba salir del hogar, que sólo se le permitía cruzar a hacer compras con una sola de sus hijas y que en varias oportunidades era golpeada e insultada por varios integrantes de la familia de Aramayo. Para el fiscal Maldonado, todas estas instancias “acreditan de forma categórica la violencia física, psicológica y la restricción de libertad ambulatoria que Miguel Aramayo ejercía sobre la niña, forzándola a mantener una unión de hecho”.

En su alegato, el fiscal destacó que el MPF “ha advertido de manera llamativa y preocupante el hecho de considerar con absoluta normalidad una práctica cultural que erige a una niña, y específicamente a las mujeres como un objeto susceptible de tener un valor económico o de cambio”. En esa línea, Maldonado remarcó que, si bien el artículo 14 de la Constitución Nacional reconoce el derecho de todos los habitantes a profesar libremente su culto, “el mismo encuentra su límite cuando entra en colisión con otros derechos humanos igualmente reconocidos, cuyas prácticas nocivas puede causar graves violaciones que afecten a mujeres, niños, y sobre todo niñas, encontrándose el Estado obligado a garantizarlos frente a la comunidad internacional”.

Dada la adulteración de identidad a la que fue sometida la víctima luego de que se le crease un nuevo DNI con un nombre y una fecha de nacimiento que no eran los suyos, el fiscal Maldonado pidió se considere que también se le alteró la identidad a las dos hijas que la niña tuvo con su captor, ya que la firma que figura disponible en ambas partidas de nacimiento es la de Aramayo. Por ello, no solo solicitó la anulación de estos documentos, sino también la expedición urgente de nuevos documentos nacionales de identidad de las menores de edad involucradas.