Así lo resolvió el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de esa jurisdicción, al homologar un acuerdo de juicio abreviado respecto del ex jefe de inteligencia del Comando del Cuerpo II del Ejército, Héctor Fructuoso Funes
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Rosario, condenó ayer al exjefe de inteligencia del Comando del Cuerpo II del Ejército, Héctor Fructuoso Funes, de conformidad con el acuerdo de juicio abreviado celebrado entre el nombrado -asistido por su defensor- y el titular de la Unidad Fiscal que interviene en los juicios por crímenes de lesa humanidad de esa jurisdicción, Adolfo Villatte. Así, sin mediar oposición de la parte querellante -Secretaría de Derechos Humanos de la Nación-, el juez Eugenio Martínez Ferrero, condenó al excoronel Funes a la pena de cuatro años de prisión y costas, como partícipe necesario de la sustracción de expedientes y material probatorio vinculado a crímenes de lesa humanidad perpetrados en esa jurisdicción y que involucraban a sus camaradas.
Por los hechos también estaban imputados el comandante del Comando del Cuerpo de Ejército II de Rosario, Víctor Pino Cano y el jefe de Inteligencia del Estado Mayor de dicho comando, Luis Américo Muñoz, pero fallecieron durante el proceso.
Los hechos
De acuerdo a la investigación desarrollada por la Unidad Fiscal, en la madrugada del 8 de octubre de 1984, el coronel Funes, en cumplimiento de órdenes del Comandante, brindó una participación necesaria -en su condición de Jefe de Inteligencia (G2) e integrante del Estado Mayor del Comando del II Cuerpo de Ejército- preparó planes y órdenes para la reunión de información, produjo personalmente y con personal a su cargo, la inteligencia previa necesaria para concretar y adquirió los “blancos”, planeando y ejecutando en coordinación con el Jefe de Operaciones de dicho Comando y por intermedio de la Jefatura y personal del Destacamento Inteligencia 121 una operación Especial de Inteligencia consistente en el robo ocurrido en la sede de los Tribunales Provinciales de Rosario, ubicados en la calle Balcarce entre Montevideo y la avenida Pellegrini, de esa ciudad.
En esa ocasión, un grupo comando, redujo y maniató a dos oficiales que estaban de custodia en el edificio y los privó de su libertad, para ingresar por la fuerza al Juzgado de Instrucción de la 10º Nominación. Luego de forzar la puerta de ingreso al juzgado, del despacho del juez, un cajón de su escritorio y dos armarios, sustrajeron casi la totalidad del material secuestrado en los allanamientos relacionados con denuncias presentadas por la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (CONADEP), que dieron lugar a la formación de la causa “Feced, Agustín y otros s/Privación Ilegítima de la Libertad, Homicidios y otros”, la cual también sustrajeron junto a sus expedientes acumulados.
Posteriormente, el grupo perpetró otro robo en un domicilio de la calle Dorrego al 1600 donde, tras reducir a la custodia y privarla de su libertad, sustrajeron otras pruebas y documentación que estaba allí resguardada, y que comprometía a personal militar y civil del Ejército y las fuerzas de seguridad con diversos crímenes de lesa humanidad perpetrados en la jurisdicción del Comando del Segundo cuerpo de Ejército, Subzona 21, Área 211 y que habían sido denunciados por la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (CONADEP)».
En octubre de 2021, el fiscal Villatte requirió la elevación a juicio de la investigación seguida contra Muñoz y Funes -pues Pino Cano había fallecido-, como autor y autor mediato de los delitos de privación ilegítima de la libertad en tres casos (que tuvieron como víctimas a los policías que realizaban la guardia de la sede de los tribunales provinciales), robo calificado en dos hechos, supresión de medios de prueba y supresión de documentos públicos.
Juicio Abreviado
En marzo pasado, se consideró la posibilidad de realizar un juicio abreviado ante la avanzada edad del imputado, la consecuente posibilidad de que los hechos quedaran impunes en vista de los extensos plazos que insumirían eventuales vías recursivas de una también eventual condena y el hecho de que se trata de un caso de delitos conexos con otros considerados de lesa humanidad que no tienen víctimas directas, el que se acordó con la presencia de la representante de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. A lo dicho, agregó el Fiscal General que la condena obtenida consolida por medio de una sentencia -que se espera adquiera firmeza-, la responsabilidad del Ejército Argentino en los hechos, y permite continuar las investigaciones desde esa base fáctica establecida judicialmente.
En tal contexto, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se le impusiera a Funes -quien se encuentra con prisión domiciliaria- una condena de cuatro años de prisión y el pago de las costas del proceso, como partícipe necesario de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada por el uso de violencia -tres hechos-, dos hechos de robo, supresión de medios de prueba y supresión de documento público. En virtud de ello, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Rosario -conformado unipersonalmente por Eugenio Martínez Ferrero- dictó la sentencia en los términos acordados.
En una conferencia de prensa, el fiscal general Villatte dio precisiones sobre el acuerdo realizado, ocasión en que se encontró presente Adriana Arce quien, según señaló el representante del MPF celebró el resultado obtenido y la posibilidad de establecer responsabilidades en un hecho que, hasta el día de ayer, había quedado impune