La fiscal federal Adriana Saccone presentó hoy un recurso de apelación contra una sentencia del Juzgado Federal Nº3 de Rosario que declaró la falta de mérito de cuatro personas acusadas de delitos tributarios y revocó un fallo ya confirmado que las había procesado por asociación ilícita fiscal. En la pesquisa se analizan presuntas maniobras realizadas por Federal Agropecuaria SA y otras sociedades “fantasma” utilizadas para introducir al mercado legal el cereal adquirido en forma marginal y así mantener ocultos a los verdaderos proveedores de los granos comercializados.
En el proceso se acumularon una serie de causas, una de las cuales había comenzado tramitando en la jurisdicción federal de Resistencia, Chaco -donde se dictaron y confirmaron, en 2017, procesamientos por asociación ilícita fiscal-, hasta la declaración de incompetencia de esos tribunales. Ese proceso se acumuló luego con el que tramita en Rosario, que versa sobre delitos previstos en el Régimen Penal Tributario como aprovechamiento indebido de subsidios, obtención fraudulenta de beneficios fiscales en grado de tentativa, apropiación indebida de tributos y simulación dolosa de pagos. Este expediente se originó tras una denuncia formulada en 2017 por la Dirección Regional Rosario de la Dirección General Impositiva de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que impugnó el crédito fiscal declarado por la firma. Recientemente, el juzgado federal rosarino revocó el procesamiento dictado en Chaco y declaró la falta de mérito por los demás delitos tributarios.
De acuerdo a lo denunciado por la AFIP y lo postulado por el Ministerio Público Fiscal -que tiene la investigación a cargo- al concretarse las declaraciones indagatorias, Federal Agropecuaria SA, utilizó un entramado de sociedades “interpuestas en la cadena de comercialización de granos al sólo efecto de ‘blanquear’ cereal adquirido en ‘negro’, logrando así introducir en el mercado oficial los granos adquiridos en forma marginal a sujetos que permanecen ocultos y apropiarse de esta manera de créditos fiscales de IVA improcedentes”. Esas firmas -Acondicionar S.A., Establecimiento La Tranquera S.R.L., Las Pircas Cereales S.A. y Siecsa S.A.- en realidad carecían de “capacidad económica, patrimonial, financiera y operativa”.
En ese sentido, el órgano recaudador determinó que “el 93,57% del crédito fiscal declarado por Federal Agropecuaria S.A. y respecto del cual luego solicitaba reintegros por exportación, respondía a operaciones de compras de cereal adquirido en forma marginal a nombre de las firmas antes mencionadas a quienes declaró como proveedores”.
Las pruebas reunidas
La vinculación entre las empresas, para la acusación, fue acreditada por los elementos de prueba que dieron cuenta de fechas coincidentes de presentación y pago de declaraciones juradas del sistema único de seguridad social; la utilización de las mismas direcciones de IP para la transmisión de datos a la AFIP; el traspaso de empleados entre ellas; los movimientos financieros por montos globales entre cuentas y en muchos casos en una misma sucursal de una entidad bancaria; la vinculación de directivos asesores apoderados y empleados (en distintos períodos); y la prueba documental secuestrada en diversos allanamientos, que incluyen a los proveedores observados, entre otros.
En ese contexto incluyó también una causa iniciada por las amenazas sufridas por un integrante de la AFIP en Rosario, cuya vivienda particular fue baleada y la puerta de entrada incendiada con apenas dos días de diferencia. Allí están acusados dos de los imputados en el proceso por delitos tributarios. Para la fiscal, “tenían pleno conocimiento y voluntad de ilícito accionar, a tal punto que cuando comenzaron a ser fiscalizados por la AFIP efectuaron las amenazas descriptas al Director de la Regional Rosario”.
Por otra parte, la fiscalía recordó que se encuentran pendientes la recepción de otras declaraciones indagatorias, para que luego el MPF y la AFIP -que es querellante en el proceso- formulen sus requerimientos de elevación a juicio. Por esos motivos, entre otros, Saccone consideró que corresponde revocar la resolución y dictar los procesamientos.