Regimiento de Infantería Nº6 de Mercedes: condenaron a prisión perpetua a tres exmilitares por crímenes de lesa humanidad y absolvieron a otros dos

El Tribunal Oral Federal Nº2 porteño calificó los crímenes como delitos de lesa humanidad. Condenó a Martín Eduardo Sánchez Zinny, Emilio Pedro Morello y Horacio Linari a la pena máxima y mantuvo sus prisiones domiciliarias, mientras que absolvió a Luis Alberto Brun y a Rubén Osmar Andrade.

El Tribunal Oral Federal Nº2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires condenó anoche a la pena de prisión perpetua a los exmilitares Martín Eduardo Sánchez Zinny, Emilio Pedro Morello y Horacio Linari, por crímenes de lesa humanidad cometidos como integrantes del Regimiento de Infantería Nº6 (RI6) de Mercedes “General Viamonte” entre junio y julio de 1976 en perjuicio de cinco militantes vinculados a la publicación e impresión de las revistas “El Combatiente” y “Estrella Roja” del PRT-ERP.

Los jueces además dispusieron la absolución de otros dos integrantes de la misma unidad militar, los imputados Luis Alberto Brun y Rubén Osmar Andrade.

En la fase de alegatos, la fiscal federal Ángeles Ramos, titular de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, y las auxiliares fiscales Nuria Piñol Sala y Viviana Sánchez, habían solicitado la imposición de la pena de prisión perpetua para los cinco exmilitares.

La lectura del veredicto fue realizada a las 20.00 en la sala SUM de los tribunales federales de Comodoro Py 2002, tras un cuarto intermedio en el que algunos de los acusados habían hecho uso de sus últimas palabras. El presidente del tribunal, Feliciano Ríos, leyó la decisión, con la presencia del Ministerio Público, las querellas y numeroso público. Los restantes jueces —Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini—, los imputados y sus abogados defensores siguieron la audiencia en forma virtual.

Luego de calificar los hechos como crímenes de lesa humanidad, el tribunal abordó la responsabilidad de los acusados:

  • Sánchez Zinny, a cargo entonces de la Sección Tiro de la Compañía C del RI6, fue condenado a prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua, porque se lo consideró coautor responsable de los delitos de homicidio agravado por su comisión con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas, en perjuicio de Jorge Arancibia, en concurso real con el delito de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público, agravada por mediar violencia y/o amenazas en cuatro hechos, en perjuicio de Rocío Ángela Martínez Borbolla, Pedro Oscar Martucci, Pablo Pavich y de un hombre que no pudo ser identificado.
  • Morello, quien estuvo a cargo de la Sección Tiro de la Compañía de Infantería A, y Linari, quien estuvo a cargo de la Sección Tiro de la misma compañía, recibieron las penas de prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua, como coautores responsables de los delitos de homicidio agravado por su comisión con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Jorge Arancibia, en concurso real con el delito de privación ilegal de la libertad, cometida por funcionario público agravada por mediar violencia y/o amenazas en dos hechos en perjuicio de Pavich y de un hombre que no pudo ser identificado.

Por último, el tribunal decidió absolver y disponer la inmediata libertad de Luis Alberto Brun, quien tuvo a su cargo la Sección Apoyo de la Compañía de Infantería B, y al ex cabo 1ro Rubén Osmar Andrade, quien fue jefe de grupo de la Sección Tiro de la Compañía A.

Los jueces mantuvieron la forma de cumplimento de la detención de los condenados bajo la modalidad de arresto domiciliario. Finalmente comunicaron que publicarán los fundamentos de la sentencia el 6 de octubre.

Proceso judicial

Durante el debate, que comenzó el 3 de diciembre pasado con una lista de 37 víctimas, fue apartado el exjefe del Regimiento Alberto Ramón Schollaert, por problemas de salud. El ex segundo jefe del regimiento, Luis Fernández Bustos, falleció antes de que iniciara el juicio oral, mientras que el exteniente primero Gustavo Delfor González Sass, a cargo de la Compañía Comando y Servicios, falleció a poco de iniciado el juicio. La imposibilidad de someter a juicio a Schollaert y a Fernández Bustos, máximos responsables de la unidad militar al momento de los hechos, derivó en que el tribunal excluyera el juzgamiento del total de los 37 casos elevados a juicio y que, finalmente, el objeto quedara circunscripto a sólo cinco, que fueron los que ayer tuvieron sentencia.

Para llegar a esta situación, en mayo pasado el tribunal dejó sin efecto la convocatoria a los testigos y el tratamiento de la prueba –admitida oportunamente- sobre los casos finalmente no abordados. La fiscal Ramos interpuso un recurso de reposición para solicitar que el tribunal reconsidere la decisión, y un pedido de nulidad parcial de la resolución, en subsidio. Finalmente requirió el abordaje de aquellos casos en el marco del derecho a la verdad, reconocido en la jurisprudencia internacional y nacional. Pero todos los planteos fueron rechazados por los jueces, que clausuraron la etapa probatoria y abrieron la fase de alegatos.

El proceso judicial tuvo en sus inicios otros imputados que tampoco llegaron a la instancia oral y pública. Por caso, el exjefe de la Compañía A, teniente Serapio Eduardo del Río, tiene suspendido el proceso por razones de salud, y el exjefe de inteligencia, teniente Bartolomé Enrique Durán, también imputado en la causa Vesubio III, falleció en 2017. El exjefe de la Compañía B, teniente primero Guillermo Eduardo Cogorno, falleció con una imputación pendiente en la instrucción de la causa. El exjefe de la Compañía C, entonces teniente primero Alberto Francisco

Bustos, intentó suicidarse cuando fueron detenidos los otros integrantes del regimiento y cuenta con un pedido de indagatoria por parte de la querella. Finalmente, el exteniente Aníbal Miguel Sánchez, entonces jefe de Personal del RI6, se encuentra prófugo.

Hechos

Los hechos del juicio tuvieron lugar el 10 de julio de 1976 en una imprenta de la organización PRT-ERP en la localidad de San Andrés, en el partido de General San Martín. Allí se encontraba Jorge Emilio Arancibia junto a otro militante, que no pudo ser identificado hasta hoy. Ambos custodiaban al vicecomodoro Roberto Echegoyen, quien a fines de abril de ese año había sido secuestrado por el ERP y había sido llevado unos días antes a la imprenta. En ese marco, el Regimiento 6 de Infantería de Mercedes realizó un operativo ilegal, de gran magnitud y poder ofensivo, en ese domicilio. Así, desbarataron la imprenta, y asesinaron a un militante del PRT-ERP e hicieron desaparecer a otros dos.

Según la acusación, para la realización de ese procedimiento, el Ejército secuestró previamente a Pablo Pavich, miembro del Comité Central del PRT-ERP y responsable del área de propaganda, en los primeros días de julio de 1976 en la estación de tren de Moreno, provincia de Buenos Aires. Pavich fue torturado por el Ejército para obtener la información que le permitió al RI6 realizar el operativo en el domicilio donde funcionaba la redacción del periódico Estrella Roja y El Combatiente, ocasión en la que fueron secuestrados Juan Carlos y Rudyar García del Val, y también para realizar el operativo ilegal en la imprenta de San Andrés.

Pavich permaneció en cautiverio en los centros clandestinos de detención La Perla, en Córdoba, y el circuito represivo Atlético-Banco-Olimpo, donde fue visto hasta el 6 de diciembre de 1978. Desde entonces permanece desaparecido.

Otro de los hechos objeto del juicio, que tuvo como víctimas a los militantes del PRT Rocío Ángela Martínez Borbolla y Pedro Oscar Martucci, ocurrió el 14 de junio de 1976 en su domicilio de Haedo. Ese día un grupo de al menos diez personas armadas pertenecientes al Ejército, entre los cuales se encontraba el entonces subteniente Martín Sánchez Zinny, ingresaron al domicilio y se los llevaron secuestrados mediante forcejeos, golpes y amenazas. También padecieron la violencia del operativo los hijos de Martínez Borbolla, Bárbara y Camilo García, de 9 y 4 años de edad, quienes se encontraban en la casa en ese momento y fueron dejados al cuidado de una familia vecina.

La ilegalidad del operativo fue investigada por el Juzgado Federal N°3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se recopilaron los testimonios de varios exconscriptos que permitieron reconstruir los hechos. Se trata de la primera causa en la que se investigó la responsabilidad de exoficiales del Regimiento de Infantería 6 de Mercedes en los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura.