Hace pocos días 1400 reclusos del Servicio Penitenciario Bonaerense se fueron a sus casas a cumplir prisión domiciliaria. Por supuesto, nadie o casi nadie piensa en que el recluso haya reencausado su vida o que vaya camino a eso. Nada más lejano. El común de la gente piensa todo lo contrario. Por eso el miedo al regreso del preso al pueblo o la gran ciudad. El mismo miedo que tienen los intendentes del interior y el Conurbano, del oficialismo y la oposición. Por eso el escándalo. ¿Si en el marco de la libertad o arresto domiciliario de la polémica se les ocurre reincidir, quien se hace cargo? . Ahora Sergio Massa pedirá el juicio político de los jueces de Lomas de Zamora, San Isidro y Bahía Blanca.
“Las penas o las sanciones son para cumplirlas, porque son el acto de reparación que el delincuente debe cumplir para subsanar el error que cometió, y cuando aparece una situación que viola esto, se rompe el principio de acuerdo de convivencia social que tenemos los argentinos”, apuntó el diputado nacional en la previa al cacerolazo.
En la misma sintonía, el Presidente de la Cámara Baja disparó: “Algunos jueces están actuando de una manera absolutamente responsable. Estoy sacando una instrucción para que en los casos donde los jueces no cumplan con la Ley de laVíctima, y no les den vista y se proceda a la liberación de un delincuente, le iniciamos un juicio político, porque hay un procedimiento para avanzar con las excarcelaciones y los jueces lo tienen que cumplir”.
La Historia
Con fecha 4 de abril, diecinueve Defensores Generales de la provincia de Buenos Aires pidieron a través de un habeas corpus la prisión domiciliaria de todos los presos que se encuentren en población de riesgo. La iniciativa tenía como objetivo brindar mayores cuidados a los reclusos que se encuentren en el universo de mayor contagio de COVID-19.
En tal sentido y en la misma línea que lo dispuesto por el Servicio Penitenciario Federal (SPF), que ya había elaborado un relevamiento sobre la situación de los convictos, se ordenó a las diferentes Unidades Penitenciarias: «arbitrar los medios que resulten necesarios para que los responsables del Área de Sanidad de cada establecimiento penitenciario, elaboren y confeccionen un pormenorizado informe en relación a los internos pertenecientes al colectivo de pacientes vulnerables -de acuerdo a las categorías de grupos-, que pudieran presentar sintomatologías graves ante el eventual contagio o infección del coronavirus».
De este modo, en el ámbito carcelario de la provincia de Buenos Aires, los fiscales pusieron en relevancia la necesidad de dar cuenta de esta situación y realizaron el pedido. La presentación se hizo ante la Cámara de Casación Penal bonaerense a cargo del Doctor Víctor Violini. Asimismo, se determinó que las personas que puedan gozar del beneficio de la prisión domiciliaria, se establezcan en diversos grupos de pacientes vulnerables:
* Mayores de 65 años.
* Embarazadas.
* Pacientes portadores de Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC).
* Pacientes diabético insulinorequirientes.
* Pacientes inmunosuprimidos (HIV, TBC en tratamiento, Hepatitis B y C en tratamiento.
* Pacientes oncológicos en tratamiento.
* Pacientes bajo corticoterapia.
* Pacientes en tratamiento quimioterápico.
* Pacientes con enfermedades autoinmunes.
* Pacientes con insuficiencia cardíaca.
* Pacientes con insuficiencia renal crónica.
El fallo Violini
El Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires, a cargo del Juez Víctor Violini, resolvió con fecha del 8 de abril otorgar el arresto domiciliario de las personas detenidas por la comisión de delitos leves y que se encuentren en situación de riesgo por edad o por patologías preexistentes. La medida alcanza también a mujeres embarazadas y madres con hijos menores. En tanto, las personas que se encuentren en situación de riesgo pero imputadas o condenadas por la comisión de delitos graves, cada situación deberá ser analizada por parte del Juzgado o Tribunal a cuya disposición se encuentran.
En cada caso deberá evaluarse la necesidad u oportunidad de disponer una medida de arresto domiciliario y, cuando corresponda, deberá resguardarse la integridad psicofísica de la víctima. Asimismo, la resolución encomienda a los jueces de garantías, jueces correccionales y tribunales en lo criminal la evaluación de oficio de las prisiones preventivas de los imputados a su disposición, siempre considerando los intereses de las víctimas.
También establece que los jueces de ejecución evalúen la necesidad de disponer, de manera extraordinaria y por única vez, el arresto domiciliario de personas detenidas que se encuentren en un plazo de seis meses anterior a alcanzar el extremo objetivo temporal previsto para obtener la libertad asistida o condicional.
Axel Kicillof, gobernador de la provincia de Buenos Aires
*Es absolutamente falso que exista un plan del Gobierno de la provincia de Buenos Aires para “liberar masivamente presos”. Pero además, es totalmente inverosímil porque pura y simplemente el Poder Ejecutivo no encarcela, ni libera ni decide libertades condicionales.
*El Poder Judicial tiene esas atribuciones y respeto plenamente la división de poderes. Desde que asumí no nombré jueces, ni promoví cambios en la Suprema Corte, ni nombré al Procurador. Tanto él como los defensores oficiales y los fiscales continúan desde la gestión anterior.(Datos La Tecla)