Prorrogan el blanqueo: se podrá depositar hasta el 31 de octubre

El Gobierno Nacional prorrogó hasta el 31 de octubre el plazo de adhesión la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos, conocido como Blanqueo de Capitales.

A través de un comunicado, el ministerio de Economía informó de esta prórroga y las nuevas fechas para las diferentes  etapas que son:

Etapa 1 Desde el 1° de octubre de 2024 y hasta el 31 de octubre de 2024, ambas fechas inclusive.

Etapa 2 Desde el 1° de noviembre y hasta el 31 de enero de 2025, ambas fechas inclusive.

Etapa 3 Desde el 1° de febrero de 2025 y hasta el 30 de abril de 2025, ambas fechas inclusive.

En las próximas horas, esta prórroga se formalizará a través de un decreto.

“Todas las personas que deseen, podrán depositar su dinero en un banco hasta el 31 de octubre inclusive y podrán retirarlo a partir del 1° de noviembre. Solamente el efectivo regularizado hasta el 30 de septiembre, podrá ser retirado parcial o totalmente a partir del 1°de octubre, tal como fuera estipulado originalmente. A partir del día en que se retira cualquier monto en efectivo, no se podrán regularizar montos adicionales”, explicó Economía en el comunicado.

La primera etapa, que arrancó muy tarde debido a los atrasos en las aprobaciones de la Ley Bases y el paquete fiscal, es el único período en el cual se puede blanquear la tenencia de dólares y pesos en efectivo. En este período de tiempo, que ahora llega al 31 de octubre, la alícuota es del 5% para los contribuyentes que regularicen más de US$100.000 y decidan no utilizar el dinero para algunas de las inversiones que aprobó el Gobierno para evitar el pago de la multa. En cambio, si el dinero queda depositado hasta 2026 o se invierte en un menú de opciones elaborado por Economía no pagará multa.

En ese menú el Ejecutivo habilitó un abanico de opciones para todos los perfiles de inversión, que van desde obligaciones negociables locales, pasando por acciones argentinas, bonos soberanos, y hasta fondos comunes de inversión (FCI). También se puede destinar el dinero a la compra de propiedades u otros bienes productivos.

Una vez finalizada esta primera etapa, empezará a correr el reloj para la segunda instancia, con una alícuota del 10% para el excedente de US$100.000. La etapa final tiene, en tanto, una alícuota del 15%. (DIB)