El Gobierno nacional prorrogó por dos años el decreto que garantiza a empleados contratados en trabajos temporarios y en actividades agropecuarias poder tener acceso a un trabajo registrado sin perder los beneficios que se obtienen por Asignación Universal por Hijo (AUH), la Tarjeta Alimentar y el Programa Potenciar.
Lo hizo mediante el Decreto 423/2023 publicado este viernes en el Boletín Oficial que prorroga desde el 1 de septiembre el Decreto 514/2021, que estableció que esos trabajadores tendrán derecho a asignaciones familiares y planes y programas sociales.
La norma de 2021 buscó promover el acceso a un trabajo registrado sin perder los beneficios que se obtienen por Asignación Universal por Hijo (AUH), la Tarjeta Alimentar y el Programa Potenciar.
Además, garantiza los derechos a percibir otras asignaciones familiares; a cobrar un seguro por desempleo; a tener una obra social; a tener una ART, es decir, a estar cubierto en caso de accidentes de trabajo; a hacer aportes jubilatorios; al retiro por invalidez en caso de incapacidad laboral, a percibir una pensión en caso de fallecimiento, o afiliarse a un sindicato.
En la norma publicada se “encomienda al ministerio de Trabajo de la Nación, llevar adelante en conjunto con las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Municipios, acciones territoriales de difusión, asesoramiento y capacitación en materia de registración laboral y de la seguridad social dirigidas a los trabajadores y las trabajadoras rurales, a las asociaciones sindicales y a las asociaciones de productores”.
En los considerandos se especifica que la medida responde al “objetivo de promover el trabajo registrado y la ampliación de los beneficios de la seguridad social de los trabajadores y las trabajadoras rurales que prestan servicios en actividades temporales y estacionales y sus grupos familiares”.
Así quedan prorrogadas “la complementariedad” entre las políticas de protección social y el acceso al trabajo registrado, y se permite que las personas titulares del Potenciar Trabajo “puedan seguir percibiendo los beneficios y prestaciones que otorgan esos programas, en los términos y condiciones que establezcan las normas complementarias”. (DIB)