Se creará un «Registro de Empresas Operadoras» que funcionará digitalmente. Esta desregulación introduce un cambio significativo, ya que las empresas dejarán de estar obligadas a usar terminales de pasajeros locales para salidas, paradas intermedias y llegadas.
En teoría, cada operadora podrá elegir libremente los puntos de inicio, recogida de pasajeros y destino final de sus viajes. Sin embargo, este cambio operativo solo se implementará si las provincias y municipios aceptan adherirse al nuevo marco normativo.
Otro cambio importante permitirá que cualquier empresa interesada pueda ofrecer servicios de enlace entre Aeroparque y Ezeiza, así como entre la Capital Federal y estas terminales aéreas.
Aspectos Clave de la Desregulación
El decreto desregulador, que está siendo finalizado por los técnicos del nuevo ministerio de Sturzenegger y del área de Transporte, incluirá las siguientes reformas:
Registro Digital de Empresas: Se creará un registro en línea para la inscripción y baja de servicios, permitiendo que personas jurídicas o físicas se inscriban como empresas de transporte de pasajeros. Las personas jurídicas deben estar constituidas bajo una figura societaria legal vigente y tener el transporte de pasajeros como objeto social. Las empresas extranjeras también podrán operar en igualdad de condiciones con las argentinas.
Capacidad de Transporte: Las empresas deberán informar sobre su capacidad de transporte, incluyendo cantidad y tipo de vehículos, oferta de asientos, seguros contratados y la nómina de conductores con licencias vigentes.
Datos de Pasajeros y Rutas: Las empresas deberán registrar los datos de cada pasajero, así como los detalles de origen, paradas intermedias y destino de los viajes.
Incorporación Automática: Las compañías de larga distancia ya operativas se incorporarán automáticamente al nuevo registro y deberán actualizar sus servicios según el nuevo esquema.
Transporte de Cargas y Correspondencia: Las empresas podrán transportar cargas y correspondencia según la normativa vigente.
Acuerdos de Uso Compartido: Se permitirá a las empresas establecer acuerdos para el uso compartido de vehículos y personal, cumpliendo con los seguros obligatorios.
Libertad de Rutas y Tarifas: Las empresas podrán definir libremente sus rutas, horarios, tarifas y modalidades, siempre cumpliendo con las normativas de seguridad.
Eliminación de la Obligación de Terminales: Las empresas no estarán obligadas a usar terminales específicas, pudiendo iniciar y finalizar sus viajes en cualquier lugar permitido.
Acceso a Aeropuertos y Puertos: Las empresas podrán operar en puertos, aeropuertos y aeródromos nacionales, y las concesionarias deberán facilitar instalaciones para atención al público y operaciones.
Este nuevo marco regulatorio busca fomentar la competencia y mejorar los servicios de transporte de larga distancia en el país, aunque su implementación dependerá de la colaboración de las autoridades provinciales y locales. (InfoGEI)