El Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 7 procesó al exadministrador general de Vialidad Nacional y actual intendente de Capitán Sarmiento, Javier Iguacel, en una causa en la que se investiga la supuesta ampliación ilegal e irregular de los plazos de los contratos de concesión de siete corredores viales que pasan por un total de once provincias.
La causa se inició a raíz de una denuncia presentada por la secretaria General del Sindicato Trabajadores Viales y Afines de la República Argentina, Ana María Graciela Aleña, en agosto de 2019, bajo el Gobierno de Mauricio Macri.
En esa presentación, sostuvo que, a partir de determinados actos de funcionarios de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) y del Ministerio de Transporte de la Nación, se habrían ampliado los plazos de los contratos de concesión de los Corredores Viales Nacionales de forma ilegal e irregular acción que, según su consideración, no solo había beneficiado a las respectivas empresas concesionarias, sino que también había perjudicado a la Administración Pública Nacional al privarle la posibilidad de obtener, con una nueva licitación, mejores condiciones de contratación.
Una de las hipótesis indicaba que las extensiones irregulares de las concesiones tuvieron por objetivo evitar la realización de nuevas licitaciones que redundarán en una demora para aplicar las PPP, que además le habrían implicado al Estados desembolsos más cuantiosos.
Durante su descargo, el actual intendente de Capitán Sarmiento rechazó la acusación y descalificó las declaraciones testimoniales, incluida la de la exjefa de Jurídicos de Vialidad, Julieta Ripoli, alegando que la exjefa de Jurídicos no podía ser veraz en sus dichos debido a que había sido apartada por graves falencias en el desempeño de su cargo en la órbita de la DNV.
Tras la valoración de la prueba reunida y de la normativa vigente, el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 7 determinó que es posible afirmar que los contratos de concesión fueron prorrogados por fuera de lo estipulado normativamente, debido a que la extensión por decreto dispuesta por Vialidad contradice a la ley de obra pública, que solo se refiere a la posibilidad de prorrogar en caso de estar previsto en el contrato, y al decreto regulador de las contrataciones, que establece que no se pueden prorrogar los contratos plurianuales más allá del año adicional previsto en estos.
Además, el Juzgado remarcó que como justificación de la prórroga extracontractual se utilizó un fundamento falaz. “Según la Resolución 811/2017, la prórroga era necesaria en atención a la cercanía del vencimiento de los contratos y puesto que se encontraban en elaboración los pliegos de bases y condiciones generales, y demás documentación necesaria para la realización de la licitación, Ese fundamento era completamente falaz: el expediente administrativo referido no tuvo movimientos desde diciembre de 2016 hasta junio de 2017, por lo que no cuenta con ninguna actuación incorporada, ni con instrucción alguna para elaborar el pliego licitatorio”, se especificó.
Finalmente, en relación con el trámite de licitación bajo la modalidad de participación público-privada, se determinó que no se justificó de manera objetiva la conveniencia de efectuar la contratación bajo este sistema.
Ante este panorama, Iguacel, a quien patricia Bullrich impulsa como candidato a gobernador, fue vinculado al proceso en carácter de autor de la maniobra, por ser quien adjudicó los tramos de los Corredores Viales 7 al 3, prorrogó extracontractualmente las concesiones de los Corredores viales 1 a 6 y 8, y convalidó el procedimiento licitatorio PPP. (DIB)