La Fiscalía N° 6 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional hizo foco en la importancia de “calificar a estas muertes como travesticidio”. “Ello permite identificar, registrar y cuantificar los crímenes perpetrados contra ellas además de habilitar el reconocimiento de las particularidades que estos ilícitos contienen como expresión extrema de la violencia de género”, aseguró.
La fiscal Diana Goral, a cargo de la Fiscalía N° 6 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, solicitó la semana pasada la pena de prisión perpetua para un hombre acusado de asesinar a una mujer trans en diciembre de 2020, en el barrio de Balvanera. En la causa, colaboró la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM).
Ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°26, la fiscal acusó a Rodrigo Keilis por el delito de “homicidio agravado por odio a la identidad de género o su expresión y por haber mediado violencia de género”, de acuerdo a lo previsto en los incisos 4 y 11 del artículo 80 del Código Penal. También solicitó que se lo condene por robo simple.
De acuerdo al alegato del MPF, el 6 de diciembre de 2020, alrededor de las 18.30, Alejandra Salazar Villa salió de un supermercado ubicado sobre la calle Bartolomé Mitre al 1500 y se dirigió a su vivienda, ubicada a pocas cuadras de allí. Tras caminar por la calle y llegar a la Avenida Callao, se topó con Keilis y con otro hombre, con quienes comenzó a interactuar.
El acusado la ayudó a cargar la bolsa con mercadería hasta llegar a su casa, ubicada sobre la Avenida Corrientes al 2200 e ingresó, mientras el otro individuo lo esperó afuera. En ese momento, y de acuerdo a lo que reconstruyó la fiscalía, Keilis cubrió la cabeza de la víctima con una de las bolsas de supermercado y la asfixió tomándola fuertemente del cuello.
Tras el ataque, se apoderó de un televisor, de algunas cosas de la casa y de la llave magnética del edificio y se escapó del lugar. Abordó un taxi sobre la calle Uriburu y se dirigió al barrio de Constitución, de acuerdo a lo que se pudo establecer mediante testimonios y filmaciones. Si bien en el requerimiento de elevación a juicio también estaba imputado el hombre que estaba con Keilis, para la fiscalía no existieron elementos que lo vinculen con el hecho, por lo que requirió su absolución.
Odio a la identidad de género
Tras repasar los distintos testimonios que se presentaron durante el debate, la fiscal resaltó lo mencionado por la experta Josefina Fernández, quien mencionó la problemática que atraviesa el colectivo travesti-trans: discriminación, violencia, exclusión del sistema.
La representante del MPF consideró que Keilis debía ser condenado por el inciso 4 del artículo 80 del Código Penal, donde se prevé prisión perpetua a quien mate por odio de género o a la identidad de género y su expresión. Destacó también la importancia de la ley de Identidad de Género.
Indicó después que los prejuicios que las personas travestis y trans deben sobrellevar “las convierten en objeto de todo tipo de violencias y discriminación”, e hizo foco en la importancia de calificar este tipo de muertes como travesticidio. “Ello permite identificar, registrar y cuantificar los crímenes perpetrados contra ellas además de habilitar el reconocimiento de las particularidades que estos ilícitos contienen como expresión extrema de la violencia de género”, aseguró.
“Alejandra no ha podido escapar al destino predeterminado de la mayoría de las mujeres travestis y trans que viven en las condiciones mencionadas. Nos encontramos ante una muerte anticipada y violenta en manos de un varón que logra acceder con mucha facilidad a la esfera íntima, aprovechando de su confianza”, marcó la fiscal Goral
A eso le agregó que las agravantes previstas para este caso dan cuenta del contexto de discriminación y subordinación. Destacó por último los compromisos internacionales asumidos por el país en cuanto a la violencia de género y también el Protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres (femicidios) elaborado por la UFEM.