El titular de la Fiscalía General N°1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital Federal, Diego Luciani, solicitó hoy que se condene a la ex secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, Romina Picolotti, a la pena de tres años y nueve meses de prisión como autora del delito de administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de la Administración Pública. Asimismo, requirió su inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos, el recupero o decomiso de la suma actualizada de $6.941.170,50, accesorias legales y costas.
En su alegato ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°6 -integrado por los jueces Sabrina Namer, Néstor Costabel y Rodrigo Giménez Uriburu- el representante del Ministerio Público Fiscal tuvo por probado -tal como lo señalara el fiscal Guillermo Marijuan en su requerimiento de elevación a juicio- que la ex titular de la cartera de Medio Ambiente entre julio de 2006 y diciembre de 2008, utilizó el dinero asignado presupuestariamente a la dependencia a su cargo para solventar gastos personales y otros ajenos a la actividad de la Secretaría. Asimismo, también se le imputó la utilización de fondos públicos para la adquisición de pasajes aéreos para su madre, sus hijos, su esposo, la prima de éste, y allegados -algunos de los cuales se desempeñaban bajo su órbita-, los cuales eran rendidos contablemente bajo el concepto de “desarraigo” o carecían de justificación por tratarse de traslados ajenos a la actividad de la Secretaría. Finalmente, se le endilgó la contratación de vuelos privados en aviones chárter, también con fines ajenos a las funciones de la dependencia.
El alegato de la fiscalía
La decimocuarta audiencia del debate oral y público seguido contra la exfuncionaria, quien actualmente lo sigue virtualmente por encontrarse en Estados Unidos por compromisos laborales, comenzó pasadas las 8.30 de la mañana.
Al tomar la palabra, el fiscal general Luciani señaló que “quedó evidenciado, sin margen de duda, un manejo absolutamente irregular, por parte de la doctora Picolotti, de los fondos públicos con que contaba la Secretaría de Ambiente. No se trató de una gestión negligente o displicente en el manejo de fondos, sino un verdadero fraude en perjuicio de la administración pública”.
En tal sentido, sostuvo que “se mal utilizó el dinero público para solventar gastos personales, que no tenían relación con la gestión; se abonaron comidas y almuerzos casi diariamente sin ningún tipo de restricción y control, cuando eso estaba expresamente vedado; se abonaron pasajes de avión para familiares, amigos –a quienes no les correspondía ese beneficio–, y para personas que no tenían vinculación con la Secretaría de Ambiente; y hasta se autorizó el pago de vuelos chárter muy costosos para viajar a la provincia de Córdoba, de donde Picolotti era oriunda, sin ningún fundamento razonable”. Asimismo, hizo hincapié en que “dado que estas erogaciones ilegales jamás hubieran sido autorizadas por la administración central –pues, claramente, la normativa lo impedía–, se utilizó de manera anómala la relación que la secretaria de Ambiente tenía con la Fundación ArgenInta, en el marco de cartas de acuerdo, para, de esa manera, dar apariencia de legalidad a los gastos efectuados”.
“Se trató de una deslealtad y un abuso discrecional del poder de administración que se le confirió como secretaria de Ambiente, en evidente oposición a los deberes de velar por el interés de la institución, y de cuidar los fondos públicos. La conducta desarrollada por la exsecretaria de Ambiente pervirtió la función pública y el desempeño correcto del cargo, y esto, sin dudas, deterioró aquella institución, provocó descreimiento social y produjo consecuencias nocivas para el erario. En una sociedad democrática, las decisiones que toman las altas autoridades públicas deben basarse en la búsqueda del bien común y en el apego estricto a las normas. Los actos abusivos y discrecionales que se desvían del bien común hacia beneficios privados rompen la base de la convivencia democrática y el sistema de reglas, generando privilegios indebidos, que no deben ser tolerados”, puntualizó el representante del Ministerio Público Fiscal de la Nación.
Añadió que “la maniobra que la exfuncionaria realizó deliberadamente tendió a evitar todo tipo de control y de revisión de la actividad que desarrollaba, respecto al uso de esos fondos públicos. Es decir, se violentó también el principio político-jurídico por el cual quien administra un patrimonio ajeno está obligado a rendir cuentas de sus actos. (…) En este caso, como en tantos otros, los sistemas de control para que las autoridades rindan cuentas del uso de fondos fracasaron, pues no fueron capaces de detectar en tiempo oportuno el mecanismo ilegal que se estaba empleando para defraudar al Estado nacional”.
Tras explicar las maniobras desplegadas por Picolotti para evadir los controles, utilizar dinero asignado por ella a la Fundación ArgenInta, y efectuar los gastos ilegales -durante el periodo comprendido entre el 6 de julio de 2006 y 6 de julio de 2007- consistentes en la adquisición de bienes personales y alimentos, pasajes aéreos para familiares y allegados -algunos de los cuales eran empleados en la Secretaría y en la referida fundación-, y la contratación de costosos vuelos chárter sin justificación funcional, que estaban taxativamente prohibidos por la normativa aplicable y vigente, el fiscal general Luciani se preguntó: «¿Cómo es posible que nadie hubiera advertido o controlado este desmanejo de fondos de dinero?».
En su exposición de casi cuatro horas, el representante del MPFN sostuvo que “más allá de las falencias propias en los sistemas de control en Argentina hubo acciones claras por parte de la doctora Picolotti, para evitar todo tipo de control en la gestión”, las cuales consistieron en el desplazamiento de los empleados del área contable que tenían a su cargo el control de gastos y la creación de un Servicio Administrativo Financiero (SAF) propio para la Secretaría, que era independiente del de la Jefatura de Gabinete de Ministros, todo lo cual redundó en “la existencia de un control nulo en el interior de la Secretaría de Ambiente de los gastos que se efectuaban a través de ArgenInta”, a la cual derivó “la administración del dinero asignado a la Secretaría de Ambiente, eludiendo de este modo las normas de control de gasto previstas en la administración pública, lo que le permitió un manejo de fondos absolutamente discrecional y arbitrario”.
Finalmente, el fiscal general Luciani desestimó los descargos efectuados por Picolotti en el debate y señaló que la ex funcionaria “no controvirtió ninguno de los puntos que constituyen la imputación, sino que, muy por el contrario, efectuó una defensa de tinte meramente político, que no guarda vinculación con el objeto procesal. Ello, en cuanto en el presente no se está juzgando a Picolotti respecto de su gestión ambiental, sino por el manejo irregular de los fondos que de ella dependían”, al tiempo que tildó el descargo como “un intento pueril de sacar la atención de las irregularidades aquí detectadas”. Concluyó que “expresar que esta causa obedece a una persecución por su tarea como ambientalista es un razonamiento falaz, que no tiene ninguna influencia sobre la verdad o falsedad de lo que se le atribuye –esto es, la imputación–, y representa el grado más bajo de razonamiento. La única verdad, al menos para este Ministerio Público Fiscal, es que ha habido un manejo irregular de los fondos que Picolotti administraba, y la ex funcionaria debe rendir cuentas en la Justicia por esa acción ilícita”.
Pedido de pena
En virtud de todo ello, el representante del MPFN consideró “demostrado que la doctora Picolotti, como titular de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, llevó adelante la administración del dinero que le fuera asignado presupuestariamente al organismo a su cargo, procurando para sí y para terceros un lucro indebido, efectuando gastos que nada tenían que ver con los objetivos del organismo que regía, violando los deberes a su cargo y perjudicando al erario”.
Por ello, solicitó al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°6 que Picolotti sea condenada a la pena de tres años y nueve meses de prisión como autora del delito administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de la administración pública. Asimismo, solicitó su inhabilitación perpetua para el ejercicio de la función pública y, dado que se trató de un acto grave de corrupción, requirió el recupero o decomiso del dinero sustraído, cuyo monto actualizado por la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones (DAFI) de la Procuración General de la Nación, asciende a la cifra de $6.941.170,50. También, dado que la ex funcionaria se encuentra actualmente en los Estados Unidos, solicitó su regreso a nuestro país para proceder a su detención.
Para solicitar tal condena, el fiscal Luciani tuvo en cuenta que el hecho imputado fue “de especial gravedad, cometido de manera planeada por una alta funcionaria del Estado, con apartamiento de su misión esencial de velar por los intereses y el patrimonio del Estado”. Valoró que “Picolotti es una persona instruida y que, puesta en conocimiento de la ilicitud de la maniobra, no solo persistió en la conducta, sino que la extendió durante varios meses. Así, se apartó de los deberes de probidad y transparencia que deben regir la actuación de todo funcionario público”.
El debate se reanudará el próximo 15 de septiembre, a las 8.30, con el alegato de la defensa de Picolotti, a cargo de Felipe Trucco. Tras ello, la jueza Sabrina Namer y los jueces Néstor Costabel y Rodrigo Giménez Uriburu estarán en condiciones de dictar sentencia.