Los jueces Guillermo Burrone; Danilo Cuestas y Miguel Ángel Gaspari impusieron la pena de tres años de prisión condicional a las tías que obligaron a una menor a tener relaciones con hombres encerrada en una casa del barrio 80 Viviendas.
Los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 condenaron a tres años de prisión condicional a dos mujeres por obligar a una sobrina, menor de edad, a tener relaciones sexuales con hombres.
Los jueces Guillermo Burrone; Danilo Cuestas y Miguel Ángel Gaspari impusieron la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional.
La acusación estuvo a cargo del fiscal Nelson Mastorchio, quien se encargó de la instrucción hasta el debate en la sala de sesiones.
La pesadilla de esta adolescente ocurrió durante una semana en la casa de las tías, en calle La Porteña entre El Jilguero y 1º de Abril del barrio 80 Viviendas.
A la chica la invitaron a esa finca con la inocente propuesta de ver una película sin dar ninguna pista que iba a pasar sus peores días en la casa del horror.
Las tías le convidaron bebidas con pastillas para adormecerla y la esclavizaron en una de las habitaciones donde concurrieron varios sujetos y tuvieron sexo contra su voluntad. Las hermanas de su madre cobraron dinero y obligaron a la adolescente que cumpliera con la atención de los hombres que visitaron esa vivienda.
Los días siguientes fueron iguales: le suministraban alcohol y pastillas para que quedara casi inconsciente y la hicieron tener relaciones con quienes concurrieron a la casa.
La madre de la víctima fue a buscarla en varias oportunidades las hermanas negaron que se encontrara en la casa ya que estaba encerrada y maniatada en una de las habitaciones.
El calvario concluyó cuando la muchacha pudo escapar del encierro y regresó a su hogar. Junto a su madre concurrieron a la Comisaría de la Mujer e hicieron la correspondiente denuncia que investigó el fiscal Nelson Mastorchio.
En su momento Mastorchio procesó y logró la detención de las dos tías esclavizadoras que recientemente fueron a juicio.
Los profesionales que intervinieron en la instrucción judicial establecieron que el discurso de la menor era coherente, orientado en tiempo y espacio y ella estaba «triste y reticente a relatar los hechos, advirtiendo la influencia de terceras personas, la fragilidad, el desamparo puede utilizarse como recurso para manipular la voluntad de otro, llegando a aceptar patrones culturales diferentes. La menor se encuentra inserta en un ambiente donde existen problemas sociales y culturales, con falta de contención familiar, ingresos inestables y escaso nivel educacional que favorecen la perpetuación de la dependencia y sumisión por parte de terceras personas, presentándose como indefensa y vulnerable», tal como establece la sentencia.
Estas dos tías también fueron condenadas por el atraco que cometieron contra una mujer que circulaba en moto por inmediaciones de avenida Ameghino y el Ferrocarril, el 9 de enero de 2014.
A la motociclista le aplicaron un golpe de puño en la boca que la hizo caer del rodado y una vez en el piso le arrebataron la cartera de la cual sustrajeron un teléfono celular y otras pertenencias.
Las dos ladronas quedaron involucradas en este episodio porque en un allanamiento policial incautaron el teléfono celular sustraído a la víctima.
La figura penal por la cual las condenaron los jueces fue la de rapto por el encierro de la sobrina en la vivienda para que tuviera sexo con terceras personas y robo simple por el atraco a la motociclista (El Tiempo)