Multa millonaria a empresa que escanea iris de ojos

El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires ha impuesto una multa de $194 millones a la empresa Worldcoin Foundation por incurrir en cláusulas abusivas e infracciones a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor. La sanción busca garantizar el respeto a los derechos de los consumidores ante prácticas consideradas irregulares.

La investigación, iniciada a comienzos de este año, reveló la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión de Worldcoin, así como inconsistencias entre el contenido de los contratos y la información proporcionada por la empresa durante las fiscalizaciones en diversas localidades. La empresa, que promueve el escaneo del iris y rostro a través de un dispositivo llamado Orb, requería a los consumidores que brindaran datos biométricos personales a cambio de acceder a la aplicación de finanzas World App y recibir criptomonedas.

Las autoridades detectaron que Worldcoin no verificaba la identidad de los usuarios ni informaba adecuadamente sobre la edad mínima de 18 años para acceder al servicio, lo que planteaba un riesgo significativo al permitir el escaneo de datos sensibles de menores. Este hallazgo es particularmente relevante en el contexto de un reciente plan del gobierno provincial para abordar la problemática de la ludopatía en adolescentes vinculada a las apuestas en línea.

Entre las cláusulas abusivas identificadas, se destaca la que permite a la empresa interrumpir el servicio sin compensación y la que obliga a los usuarios a renunciar a reclamos colectivos. Además, la normativa aplicable para residentes argentinos se regía por leyes extranjeras (Islas Caimán), y cualquier disputa debía resolverse mediante arbitraje en California, en contravención del Código Civil y Comercial de la Nación.

Ariel Aguilar, Subsecretario de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones, subrayó la confusión generada por la respuesta de la empresa respecto al almacenamiento de los datos biométricos, que contradice las afirmaciones sobre su destrucción. “La complejidad de estos contratos y la falta de información dificultan la comprensión de sus términos y condiciones”, agregó.

Las cláusulas en cuestión infringen múltiples regulaciones, incluyendo el artículo 4° y 37 de la Ley N° 24.240 y resoluciones de la Secretaría de la Defensa del Consumidor, lo que resalta la importancia de la protección de los derechos de los consumidores en el uso de tecnologías emergentes.(Pergamino Verdad)