De acuerdo con la acusación, uno de los imputados actuó como “prestanombre” mientras que el otro representaba los intereses de los ciudadanos mexicanos. Además, la fiscalía solicitó el sobreseimiento de otras siete personas investigadas y el decomiso del dinero y bienes que la organización tenía en nuestro país.
n una presentación conjunta, los titulares de la Fiscalía Federal N°1 de Morón y de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB), Sebastián Basso y María del Carmen Chena, respectivamente, le solicitaron al responsable del Juzgado Federal N°3 de esa jurisdicción, Elvidio Portocarrero Tezanos Pinto, la elevación a juicio parcial de la investigación seguida contra dos ciudadanos argentinos como partícipes necesarios del delito de lavado de activos agravado por ser realizado por una asociación formada para la comisión continuada de hechos de esa naturaleza. Los dos imputados habrían desplegado maniobras para introducir en el mercado legal dinero proveniente del brazo financiero del cartel mexicano de Jalisco Nueva Generación, conocido como “Los Cuinis”.
En su presentación, Basso y Chena también solicitaron el sobreseimiento de otros siete implicados y el decomiso del dinero depositado en distintas cuentas bancarias y bienes involucrados en el accionar ilícito.
La investigación
El 10 de marzo de 2009, un ciudadano mexicano chocó el automóvil Chevrolet Astra que manejaba, el cual estaba registrado a nombre de uno de los imputados, en el barrio porteño de Puerto Madero. Así, dada la actitud de los involucrados en el incidente vial y la circunstancia de que contaran con documentación expedida a su nombre -a pesar de ser extranjeros sin residencia en el país- los agentes que intervinieron ante el siniestro recabaron mayor información en distintas bases de datos, de las que resultó que el titular del vehículo como los ciudadanos mexicanos estarían involucrados en actividades ilícitas vinculadas al tráfico ilegal de sustancias estupefacientes.
A raíz de ello, se dio intervención a la Fiscalía Federal N°1 de Morón, que centró su investigación en establecer el origen de los fondos utilizados por los ciudadanos mexicanos para costear sus residencias, el local comercial y la integración de los fondos de la sociedad que conformaban, desde que habían llegado a nuestro país como turistas, entre agosto y octubre de 2008.
En la investigación se determinó que los tres ciudadanos mexicanos se alojaron el edificio LeParc de Puerto Madero; que el 4 de diciembre de 2008 constituyeron la firma “Círculo Internacional S.A.”, la cual inscribieron en la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires con el objeto de “compra, venta, distribución, comercialización… de productos alimenticios, bebidas, etc.” y declararon como domicilio de la sede social la dirección, en la localidad bonaerense de Ituzaingó, donde vivía el hombre que figuraba como titular del Chevrolet Astra involucrado en el choque de Puerto Madero y de una camioneta Ford Ecosport, pero que carecía de registros de actividad económica significativa que le permitiera vincularlo con la creación de la sociedad comercial o la capacidad para adquirir dichos vehículos. Por otra parte, los tres ciudadanos mexicanos mantenían un nivel de vida ostentoso y también habían comprado un depósito en el barrio porteño de Parque Chas.
La hipótesis de la fiscalía
En su presentación, Basso y Chena señalaron que “las actividades desarrolladas por los ciudadanos mexicanos fueron maniobras de lavado de activos provenientes de actividades ilícitas vinculadas con el narcotráfico y que involucran al Cártel Jalisco Nueva Generación y su brazo financiero denominado ‘Los Cuinis’”. Ello habría ocurrido entre los años 2008 y 2012, cuando gran parte de los integrantes de la organización abandonaron Argentina o fueron detenidos en Uruguay, como es el caso de Gerardo González Valencia, hermano del líder de la organización narcocriminal, quien habría reclutado a los dos ciudadanos argentinos imputados.
El imputado que ofició como “prestanombre” conoció al hermano del líder del cartel, cuando ocasionalmente lo llevó en su taxi a la salida de un centro comercial del microcentro porteño. Así, surgió una relación por la cual, cada vez que algún integrante de la organización venía a la Argentina, contactaba a ese chofer, como ocurrió con los tres mexicanos que operaban en Puerto Madero, quienes estrecharon la relación, al extremo de contratarlo como chofer personal, darle dinero para que adquiera dos vehículos a su nombre -con los que los trasladaba- y que éste les facilitara su dirección para que figurase como domicilio de la sede de la sociedad que constituyeron.
Por su parte, el otro argentino imputado, conocía a González Valencia desde el 2010, ya que estableció una oficina en el mismo piso donde aquel trabajaba, en la ciudad mexicana de Zapopan. Posteriormente, éste hombre fue contratado como auditor de la firma en nuestro país y representó los intereses de la sociedad mexicana al hacerse cargo del funcionamiento de sus actividades e incluso al tomar intervención en distintos actos asamblearios, vinculados a la remoción y/o cambio de autoridades.
Basso y Chena consideraron que, a partir de los aportes de los dos ciudadanos argentinos, “la ideación criminal pudo materializarse en una serie de actos delictivos múltiples, orquestados y controlados minuciosamente por los ciudadanos mexicanos y por quienes los asistían, los cuales les permitieron inyectar millonarias sumas de dinero sospechadas de provenir del tráfico de drogas en el sistema financiero local, ya sea mediante giros provenientes del exterior del país, o a través de la compras de bienes registrables y depósitos en las cuentas que registraban en el Banco Santander Río (actual Santander)”.
Por todo ello, los representantes del MPFN entendieron que los dos imputados argentinos debían ser enjuiciados como partícipes necesarios del delito de lavado de activos, agravado por ser realizado por una asociación formada para la comisión continuada de hechos de esa naturaleza, en los términos del artículo 303 inciso 2 “a” del Código Penal (conforme ley 25.246).
En relación a otras siete personas relacionadas con la sociedad comercial establecida por los mexicanos, Basso y Chena pidieron el sobreseimiento, ya que todos ellos habrían recibido dinero o suscripto actos derivados de la circunstancia de que eran empleados de la firma comercial.
Finalmente, la representación del MPF solicitó al juez federal Portocarrero Tezanos que, ante la posibilidad de que recaiga una condena al ser juzgados los imputados, se decomisen los activos identificados en la investigación, que fueran oportunamente embargados: el dinero existente en las cuentas bancarias de la firma, originado en transferencias provenientes del exterior, y los vehículos e inmuebles adquiridos en nuestro país.(Foto Meganoticias)