El Concejo Deliberante de Mar del Plata se encamina a aprobar una ordenanza para prohibir fumar en balnearios y espacios turísticos concesionados. De aprobarse, los infractores quedarán expuestos a afrontar multas que podrían llegar hasta a los 62 mil pesos.
Se trata de un expediente presentado por la UCR que apunta principalmente a la modificación de la Ordenanza 20.104, sancionada en 2010 con el fin de reducir al mínimo los efectos nocivos del humo de tabaco, en un marco de un avance sostenido de nuevas prohibiciones para fumadores. Pero también plantea cambios al sistema de multas por fumar en lugares no habilitados, con la incorporación de nuevos artículos al Código Contravencional.
Para aquellas personas que sean sorprendidas por los inspectores fumando en balnearios privados y Unidades Turísticas Fiscales (UTF), las multas irán desde los $6.201 a $62.014. Ese número surge de la fórmula que se aplica para establecer cualquier clase de multa económica, donde se pautan porcentajes de un total que se fija en relación a 100 salarios mínimos del personal municipal. Actualmente, ese salario es de $41.343,15, por lo que la referencia se ubica en $4.134.315.
Las multas por fumar o sostener tabaco encendido irán del 0,15% al 1,5%, el margen sobre el cual está habilitado a moverse la Justicia de Faltas. Ese mismo monto, como así también una sanción menor de apercibimiento, se aplicará a quienes fumen en plazas y paseos públicos donde existan áreas para chicos o se desarrollen deportes, una contravención que ya rige actualmente.
Más duras serán las multas para quienes fumen en espacios cerrados, una restricción que rige desde 2010 en Mar del Plata. Las sanciones irán de $20.671 a $124.029 (0,5 a 3%), aunque también se habilita un apercibimiento.
Una de las novedades es que las sanciones no serán solo para el fumador, sino también para el establecimiento público o privado en el que se encontraren las personas fumando. Las multas económicas también irán de $20.671 a $124.029, aunque además se propone un castigo aún más fuerte, con la posibilidad de una clausura de hasta 30 días.
Incluso, informó el portal 0223, también habrá consecuencias para los establecimientos que no posean cartelería señalética, delimitación de zonas o libro de quejas, entre otros instrumentos. La clausura aquí podrá ser de hasta 15 días, y las multas desde $16.537 a $103.357 (0,4 al 2,5%). (InfoGEI)