Mientras el Gobierno bonaerense reglamentó la nueva etapa del aislamiento y distanciamiento social para toda la Provincia, al mismo tiempo dio a conocer el listado de fases en las que se encuentran los municipios.
A través de la resolución 1197/2020 firmada por el jefe de Gabinete Carlos Bianco, se determinó que las actividades y servicios habilitados «estarán sujetas a un sistema de fases, en el cual los municipios se encontrarán incluidos en virtud de la situación sanitaria y epidemiológica que presenten».
En ese sentido, estarán en fase 5 los municipios que en las últimas dos semanas inmediatas anteriores a la fecha de evaluación que realice el Ministerio de Salud, hayan tenido 10 o menos nuevos casos de Covid-19 por semana, cada 100 mil habitantes y no pertenecieren al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Asimismo, serán incluidos en fase 4 los distritos los que hayan tenido más de 10 nuevos contagios y en fase 3 los tengan un brote o un aumento significativo y repentino de casos, así como los que integran el área metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
El inicio del desarrollo de las actividades incluidas en la fase 3 se realizará de manera progresiva y escalonada de acuerdo a determinados plazos.
Los municipios en la fase 3 podrán solicitar a la Provincia la tramitación ante el Gobierno Nacional de nuevas excepciones al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y a la prohibición de circular, con el fin de permitir la realización de actividades industriales, de servicios, comerciales, deportivas o recreativas.
Si la actividad que se pretende autorizar no contara con un protocolo aprobado por las autoridades provinciales previa intervención del Ministerio de Salud o incluido en el anexo de protocolos autorizados por la autoridad sanitaria nacional, en los términos del Decreto Nacional N° 459/2020 y su normativa complementaria, los municipios deberán acompañar con su solicitud una propuesta de protocolo que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones dispuestas por la autoridad sanitaria nacional y provincial.
La Provincia, previo análisis junto a las áreas con competencia en el ámbito provincial, elevará la solicitud al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación. En todos los casos, se notificará a los Intendents lo resuelto por el Gobierno Nacional, para que, en caso de corresponder, se dicte el acto administrativo pertinente.(INFOCIELO)