La fiscal federal cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Alejandra Mángano, mantuvo en la mañana del martes una reunión con la subdirectora ejecutiva de la Agencia Nacional de Discapacidad, Greta Pena, en las instalaciones donde funciona el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad. También participaron la coordinadora y del coordinador de la procuraduría especializada, Valeria Torcetta y Rodrigo Coto.
En el encuentro se acordó la articulación conjunta entre la PROTEX y la Agencia Nacional de Discapacidad, y el inicio de una mesa de trabajo activa para el intercambio de información, capacitación a nivel nacional y publicaciones conjuntas.
El objetivo de la reunión fue trazar la agenda en materia de trata y discapacidad, en la que las principales líneas de acción se orientan a la detección, visibilización, correcto abordaje y tratamiento de las personas con discapacidad víctimas del delito de trata y explotación.
En este sentido, se conversó acerca de la información surgida del “Primer reporte sobre denuncias con víctimas con discapacidad y/o padecimiento mental en el proceso de gestión de la línea 145”, producido por la PROTEX y publicado en diciembre pasado.
En efecto, la línea gratuita 145, donde se reciben denuncias sobre casos de trata de personas, registró un total de ciento veinte vinculadas a la situación de una víctima con algún tipo de discapacidad y/o padecimiento mental. De ese total, cincuenta son de casos de explotación sexual, a los que se le suman dos de explotación sexual y material de abuso o explotación de niños, niñas y adolescentes. También se relevó un caso de explotación sexual y laboral (mendicidad), uno de abuso sexual y otro que combina hechos de captación, abuso sexual y explotación de ese mismo tipo. Además, se registró un caso de maltrato, abusos sexuales y/o violaciones, así como diez denuncias por posible captación con fines de explotación y/o de oferta laboral engañosa.
Grupo vulnerado
La Convención de Derechos de Personas con Discapacidad y la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad imponen a los Estados parte el deber de implementar medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad.
En Argentina, para el delito de trata de personas existe una agravante particular aplicable al caso de que la víctima “fuera una persona discapacitada, enferma o que no pueda valerse por sí misma”, tal como fue establecido en el artículo 145 ter del Código Penal de la Nación. Ello se corresponde con el reconocimiento de la particular protección que merece este colectivo de personas frente a graves violaciones de sus derechos humanos. A esto se suma que, en lo que refiere a las personas con padecimiento mental, la Ley de Salud Mental establece en su artículo 7, inc. «o», como un derecho específico para las personas con padecimiento mental el de “no ser sometido a trabajos forzados”.