Son datos que forman parte del Registro Penal de Violencia Familiar y de Género (Revifag), dependiente de la Procuración General de la Provincia. Entre 2015 y 21017, las denuncias por abuso sexual pasaron de 1.110 a 4.583.
Se conoció ayer la noticia de que el sacerdote y el portero de un jardín de infantes de San Pedro quedaron detenidos por ser acusados de abusar sexualmente de, al menos, cuatro nenes que concurrían al establecimiento, de entre 3 y 5 años. El Defensor del Pueblo Adjunto de la provincia de Buenos Aires, Walter Martello, expresó su preocupación ante la sucesión de este tipo de delitos que afectan derechos básicos y elementales de niñas, niños y adolescentes (NNyA).
Pero no menos alarmante es el dato que arrojó el organismo: desde hace tres años se viene registrando un constante aumento tanto en las denuncias como en el número de casos por abuso sexual. Por ello, desde la Defensoría del Pueblo bonaerense pidieron que se refuercen los programas de prevención.
Hace poco menos de un mes,informó que, ante la violencia de género, aseguran que la Provincia se queda en “buenas intenciones”. Desde Casa María Pueblo, la ONG provincial con más de 22 años de vida dando asistencia y contención a víctimas de violencia de género, aseguran que el gobierno de Vidal tiene programas provinciales pero se quedan en lo discursivo.
Según los datos que forman parte del Registro Penal de Violencia Familiar y de Género (Revifag), dependiente de la Procuración General de la Provincia, entre 2015 y 2017 se triplicaron las denuncias por abuso sexual (pasaron de 1.110 a 4.583), las cuales representan el 3,3% del total de delitos que aparecen en el mencionado Registro. A su vez, al analizar la cantidad de Instrucciones Penales Preparatorias (IPP), que se iniciaron en el Fuero Criminal y Correccional, también surge un importante incremento. Concretamente, la cantidad de IPP subió 16% entre 2015 y 2017 en lo que se refiere al delito de abuso sexual con acceso carnal.
En tanto, el aumento fue del 19,4% teniendo en cuenta el resto de los delitos contra la integridad sexual. De esta forma, mientras que en 2015 el total de delitos sexuales representaban el 1,53% de la suma de todas las IPP en la Provincia, en 2017 tuvieron una incidencia mayor: 1,71%.
“Por un lado, la mayor cantidad de denuncias puede ser producto de una mayor visibilización de un flagelo que durante décadas se intentó mantener oculto. Pero también es una muestra que desde el Estado, en todos los niveles, se está llegando tarde en lo que se refiere a la prevención”, explicó Martello, quien está a cargo del Observatorio de Derechos de NNyA de la Defensoría bonaerense.
Martello afirmó que en el Congreso nacional existen distintos proyectos que buscan afianzar, profundizar y desarrollar los programas de prevención. Asimismo, valoró algunas experiencias en otras provincias como la campaña “¡Contalo!”, la cual aborda el abuso sexual en la niñez, reforzando un mensaje que promueven el cuidado del cuerpo y pedir ayuda. La campaña, que abarca a todas las escuelas de Neuquén, se instrumenta mediante obras de teatro y actividades plásticas.
El abuso sexual contra los NNyA es una de las peores formas de violencia. Las víctimas sufren un daño irreparable a su integridad física, psíquica y moral. Se daña su derecho a la integridad, la intimidad, la privacidad y, principalmente, se vulnera el derecho a no ser expuesto a ningún tipo de violencia, abuso, explotación o malos tratos. Estos derechos se encuentran protegidos, entre otras normas, por la Convención sobre los Derechos del Niño (a nivel internacional) y la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes.
El abuso sexual es una forma de violencia previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación, que en su artículo 647 prohíbe específicamente cualquier tipo de malos tratos o hechos que lesionen o menoscaben física o psíquicamente a los NNyA por parte de quien tenga a su cargo la responsabilidad parental. El abuso sexual, además, es un delito sancionado penalmente por el Código Penal de la Nación en su Título III “Delitos contra la integridad sexual” (artículos 118 a 133). (Infocielo)