La Asociación de Mujeres Autoconvocadas envió nota al Ministerio de Educación por videos en clases virtuales

La Asociación de Mujeres Autoconvocadas (AMA) y  “Activismo Colectivo” enviaron una misiva al Ministerio de Educación Bonaerense,   la Dirección General de Escuelas y al Prof. Federico Castellano, Inspector Jefe Regional.

El Faro tuvo acceso al escrito  que dice “Quienes integramos organizaciones de mujeres trabajamos desde el activismo feminista. En el caso particular de “AMA Asociación de mujeres autoconvocadas contra la violencia de género” y “Activismo colectivo” nos referimos a un grupo conformado por activistas de distintas provincias, profesiones y/u oficios entre cuyos objetivos se incluye la articulación con las políticas públicas.

En ese marco presentamos desde la sociedad civil estas inquietudes para compensar estrategias para la superación y/o eliminación de obstáculos atento a la Pandemia declarada. Dicha emergencia sanitaria alcanza todos los ámbitos de nuestras vidas, incluyendo a las prácticas educativas obligándolas a reformularse. A partir del contacto de una mujer madre por el cual nos comparte una inquietud acerca de las exigencias educativas hacia su hija al tener que registrar esta su ejercicio físico en un video y enviarlo y/o exhibirlo a quien dicta la materia surge este escrito producto del trabajo de un equipo interdisciplinario con perspectiva de género conformado por profesionales de distintas áreas, de distintos oficios, todas activistas por los derechos humanos de las mujeres y de la niñez en su conjunto. Y advertimos en modo inmediato que se está violando el art. 22 de la ley de

Protección integral de  Niñas, Niñas y Adolescente  ley N°26.061 que dice:

ARTICULO 22. — DERECHO A LA DIGNIDAD. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser respetados en su dignidad, reputación y propia imagen. Se prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente a los sujetos de esta ley, a través de cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su voluntad y la de sus padres, representantes legales o responsables, cuando se lesionen su dignidad o la reputación de las niñas, niños y adolescentes o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar.”

Consideramos que las y los profesores NO DEBEN PEDIR VIDEOS al alumnado y los Niñas, Niños y Adolescentes NO DEBEN ENVIARLOS. Y esto es así pues aun cuando madres, padres y/o responsables de los Niñas, Niños y Adolescente hubieran dado algún tipo de consentimiento, este fue otorgado cuando aún no se conocían los efectos de la Pandemia y antes de que nuestro país declarara el Aislamiento Social Preventivo y obligatorio3 y el propio sistema educativo no estaba preparado para afrontar tal realidad la cual no registra antecedentes al respecto, motivo por el cual se encontraría viciado. Es que además, sin perjuicio de la normativa vigente en cuanto a las responsabilidades de las y los docentes, los medios que se están utilizando exceden a los que comúnmente la educación utiliza y que, ante la declaración del ASPO han obligado a reformular la relación entre aquellas y aquellos y el alumnado, entre las instituciones y las madres y los padres, entre estos y sus hijas e hijos obligando a todas las personas a enfrentarse –literalmente- a situaciones para las que no estaban preparados y que muy probablemente haya que modificar y/o dejar de usar.

Puestas a debatir sobre las implicancias emergieron muchas situaciones similares relatadas por otras mujeres madres y no solamente referidas a la franja etaria de las y los adolescentes sino en niñas y niños de los primeros años de escolarización. Sabemos también que las situaciones de acoso –entre otras- no son debidamente evidenciadas, abordadas y solucionadas. Muchas son las NNyA que soportan el acoso en su tránsito diario en la vida familiar y/o escolar y/o social y que no encuentran respuestas adecuadas por parte de las instituciones en general.

-El material filmado y/o grabado queda librado a que pueda ser obtenido por personas ajenas a la institución.

-Ese material en video contiene imágenes de adolescentes realizando, por ejemplo, pruebas de actividad física o de actividad musical.

Sabedoras de la responsabilidad del personal adulto de las instituciones educativas en resguardar y hacer efectivos los derechos de Niñas, Niñas y Adolescente , aun cuando desde allí se trabaje para sortear los obstáculos que se han presentado en esta extraordinaria situación, no se habría evaluado correctamente –o directamente no se habría advertido- la peligrosidad que conlleva, la falta de seguridad y el alto riesgo para el alumnado la permanencia de esas imágenes sin saber dónde y cómo quedan almacenadas

En otra parte la misiva argumenta “Si bien en la mayoría de los casos aclaran que es optativo el envío de fotos o vídeos al no dar otra opción, Niñas, Niños y Adolescentes sienten que si no los envían, no cumplen y en el caso del zoom, si no participan pierden la clase virtual.

Y esto excede las clases de educación física, se extiende, por ejemplo a las clases de música. ¿Quién las procesa? ¿ Existe alguna documentación firmada al respecto entre el/la docente y la escuela a la que pertenece por la que se obliga a no utilizarla, a eliminarla, a no difundirla, etc?

En su caso ¿Se actualizó el pedido de autorización a madres, padres y /o responsables de Niñas, Niñas y Adolescentes ante la situación extraordinaria? ¿Queda esta situación extraordinaria alcanzada por la normativa vigente pre-existente a la declaración de la pandemia por parte del Poder Ejecutivo?… En ese horizonte fue que establecimos contacto con el Prof. Federico Castellano, Inspector Jefe Regional quien en modo inmediato recepcionó nuestras inquietudes para elevarlas a las autoridades educativas pertinentes. “En Argentina, la dificultad general referida a la poca disponibilidad de información sobre la prevalencia e incidencia de la violencia contra las mujeres, afecta también la posibilidad de conocer la existencia de casos de acoso sexual tanto en espacios laborales como educativos. Las iniciativas existentes para registrar las denuncias de violencia laboral por parte del Ministerio de Trabajo no son suficientes para conocer de manera certera la dimensión de la problemática del acoso sexual en diversos espacios. Es evidente que sin tener conocimiento de su real dimensión, se hace sumamente dificultosa la tarea de implementar políticas públicas eficaces”

Con la finalidad de acercar las preocupaciones de muchas mujeres madres y que hacemos nuestras, solicitamos a través del Prof. Castellano para que intermedie enviando la presente nota a la Dirección General de Escuelas, al Ministerio de Educación de la provincia de Buenos Aires y, en su caso, al Ministerio de educación de la Nación quedando a disposición y enviando en nota anexa los medios de comunicación con nuestras agrupaciones.

Firman el escrito  “AMA Asociación de Mujeres autoconvocadas contra la Violencia de género” y “Activismo Colectivo” Fdo. Rosana Margarita Albisini (por las organizaciones referidas)