Hasta 39 mil pesos: Qué son las Asignaciones de Pago Único y cómo cobrarlas

Las Asignaciones de Pago Único (APU) de ANSES se pagan en circunstancias especiales como matrimonio, nacimiento u adopción. Según informó el organismo las personas tienen dos años a partir de la fecha del hecho generador del pago para cobrarlo a los valores vigentes a ese momento.

Son compatibles con algunas otras prestaciones de pago mensual como la Asignación Universal por Hijo, Asignación por EmbarazoPrestación por Desempleo y Asignaciones familiares (SUAF)

¿Qué Asignaciones de Pago Único (APU) se pueden solicitar?

Al momento hay tres circunstancias por las que se pueden solicitar Asignaciones por Pago Único: Al contraer Matrimonio, al momento del Nacimiento de un hijo/hija, o al adoptar un niño/niña.

¿A quiénes corresponde el pago de las APU de ANSES?

  • Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART)
  • Trabajadores de temporada
  • Trabajadores registrados (SUAF)
  • Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
  • Titulares de la prestación por desempleo

Asignación por Nacimiento

Según la tabla de valores actual el monto de las Asignaciones por Nacimiento actualmente asciende a $6619. Para tramitarla los beneficiarios deben presentar la partida de nacimiento y el Documento nacional de identidad del recién nacido.

Asignación por Adopción

Según la tabla de valores actual, el monto de las Asignaciones por Adopción actualmente asciende a $39.589. Para tramitarla los beneficiarios deben presentar:

  • Partida de nacimiento, con mención de la adopción (nueva partida para adopción plena o partida con anotación marginal para adopción simple).
  • Testimonio de la sentencia de adopción.
  • Documento nacional de identidad con el nuevo apellido.

Asignación por Matrimonio

Según la tabla de valores actual, el monto de la Asignación por Matrimonio corresponde a $ 9912 para cada cónyuge. Para tramitarlo es necesaria la presentación de:

  • Certificado de matrimonio.
  • Documento nacional de identidad del cónyuge.
  • Cuando se trate de segundo o posterior matrimonio: deberá acreditarse el divorcio con la Sentencia respectiva. En los casos de divorcio en el extranjero se requerirá la documentación en iguales condiciones que para acreditar el matrimonio.
  • En caso de corresponder adjuntar defunción de anterior cónyuge(INFOCIELO)