General Arenales: Indignación por una ordenanza para las fumigaciones

La aprobación de una ordenanza que limita el uso de agroquímicos, pero no lo hace con el principal herbicida caracterizado por ser cancerígeno como lo es el glifosato, generó una fuerte polémica en el partido de General Arenales y el repudio del colectivo “Participación ciudadana” de ese distrito.

Sin embargo, la norma que produjo indignación en la localidad vecina es similar a la que rige en Junín desde el año 2013.

Desde “Participación ciudadana Arenales”, emitieron un comunicado por el cual destacan que el pasado 22 de septiembre “el Honorable Concejo Deliberante de General Arenales aprobó (por mayoría – bloque de Juntos por el Cambio) una ordenanza referida al tema agroquímicos que prohíbe la fumigación a menos de 500 metros de los químicos clase 1, 2 y 3”, pero recalcaron, “no hay prohibición para químico clase 4 como el glifosato”.

El grupo de vecinos arenalenses pidió que sea vetada la ordenanza y en ese sentido argumentan que “en marzo de 2015, la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC es su sigla en inglés) evaluó la carcinogenicidad de  insecticidas organofosforados como el glifosato, reclasificándolo como probablemente cancerígeno para los seres humanos”.

La IARC es la agencia especializada en cáncer de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Esta agencia es un grupo interdisciplinario que reúne conocimientos en epidemiología, ciencias de laboratorio y bioestadísticas para identificar las causas del cáncer, de manera que se puedan adoptar medidas preventivas y se reduzca la carga y el sufrimiento asociado con esta enfermedad.

En base a la solicitud realizada a la municipalidad y el Concejo, “repudiamos enérgicamente su aprobación y solicitamos a la intendencia municipal el veto inmediato de esta ordenanza que atenta contra la ciudadanía, su salud y nuestro medioambiente”.

EN JUNIN

En nuestra ciudad desde el año 2013 se encuentra vigente la ordenanza 6425 que regula las aplicaciones de agroquímicos, pero al igual que la votada ahora en Arenales, deja fuera de cualquier limitación al herbicida glifosato, el cual se usa desde la década del ’90 en la llanura pampeana utilizándose cada vez más dosis y llega a unos 300 millones de litros al año.

Si bien en Junín la municipalidad estudia nuevas limitaciones y un nuevo mapa urbano y periurbano para su actualización, aún persisten las presiones de productores y técnicos para seguir aplicando productos no seguros (la seguridad sólo es avalada por el fabricante) violando toda norma ambiental pronunciada incluso hasta en la Constitución Nacional.

Distinto es el caso de Pergamino, donde la actuación del juzgado Federal de San Nicolás ha investigado la situación y por lo tanto el juez Carlos Villafuerte Ruzo ha impuesto 1000 metros de limitaciones de todo agroquímico aplicado en forma terrestre y tres mil metros para las aplicaciones aéreas, ambos en torno a los sitios poblados y escuelas rurales.

Incluso, el magistrado aplicó duras penas a productores agropecuarios e incluso ha imputado a aplicadores e ingenieros agrónomos.

En agosto de este año, Villafuerte Ruzo ordenó el procesamiento, sin prisión preventiva, de cuatro productores del partido de Pergamino, por un supuesto delito ambiental con agroquímicos. Asimismo, dispuso embargar sus bienes hasta cubrir la suma de cinco millones de pesos.

Lo hizo en la causa caratulada como “Fernando Esteban Cortese y otros” que tiene como querellante a la abogada ambientalista Sabrina Ortiz. Con estos nuevos procesamientos, ya son siete productores y aplicadores los procesados en la causa penal sobre las fumigaciones con agrotóxicos en el distrito bonaerense.

Los hechos por los que se condenó acontecieron el año pasado oportunidad en que el Juez Federal de San Nicolás, consideró “prima facie” a los productores José Luis Grattone y Cristian Gabriel Taboada, Carlos Daniel Sabbatini y Hugo Ariel Sabbatini, coautores penalmente responsables del delito de contaminación del ambiente en general, de un modo peligroso para la salud, mediante la utilización de agrotóxicos.

La medida se refiere puntualmente a dos hechos de fumigaciones ocurridos el 19 de octubre de 2019, en la localidad de J.A. de la Peña (que involucra a los mencionados en primer lugar) y el 10 de noviembre de 2019, en la localidad de Francisco Ayerza (los dos segundos).

Según el magistrado a cargo de la causa, los productores habrían empleado productos que se encuadran en la Ley de Residuos Peligrosos Nº 24.051 y establecidos como no permitidos para utilizarse a una distancia no menor a los 100 metros del perímetro urbano, según una ordenanza municipal.

En mayo del año pasado se conoció un informe de la Corte Suprema de Justicia que confirmó la presencia de 18 sustancias tóxicas en el agua corriente de la localidad de Pergamino y por ese motivo las fumigaciones con glifosato fueron prohibidas en tres barrios.

Pergamino es considerada parte del «núcleo sojero» del país, y por lo tanto, es uno de los tantos «pueblos fumigados», cuyos habitantes al igual que ahora desde Arenales, vienen denunciando la proliferación de casos de cáncer y otras enfermedades relacionadas a la contaminación del ambiente con sustancias como el glifosato, el ingrediente activo del herbicida Roundup de Monsanto.(Semanario Junin)