a fiscal federal Adriana Saccone solicitó que se eleve a juicio a dos hombres acusados por el suministro de estupefacientes a título gratuito para consumo personal a dos personas menores de edad y el homicidio culposo de una de ellas. Leonardo Osuna y Miguel Ángel Correa López están señalados como responsables del fallecimiento de una adolescente de 16 años y prima de uno de los imputados, que fue víctima de una sobredosis tras haber estado consumiendo cocaína con ambos imputados.
Según encontró acreditado el Ministerio Público Fiscal, el 13 de abril de 2018 la joven estuvo desde horas de la tarde junto a su primo y un amigo, también menor de edad. Alrededor de la medianoche, Correa (42 años) envió un mensaje de texto a Leonardo Osuna (34) para verse, por lo que el imputado pasó a buscarlo en auto en compañía de los dos menores. Correa estaba con su pareja, y todos juntos en auto se dirigieron a un motel, en donde estuvieron consumiendo cocaína hasta el momento en que la víctima comenzó a sufrir convulsiones que derivaron en su muerte.
Elementos de prueba
Del informe preliminar de la autopsia surgió que el test de drogas en orina dio positivo para cocaína; allí se concluyó que la muerte se produjo por falla cardíaca y pulmonar por probable consumo crónico de sustancias. Para la fiscalía quedó comprobado que los dos menores de edad consumieron grandes dosis del estupefaciente, material que no fue adquirido por ellos ni por la pareja de Correa. El requerimiento del MPF reseña que testigos coinciden en que Osuna y Correa vendían ese estupefaciente.
Al dictarse los procesamientos, las defensas oficiales de ambos imputados habían apelado la calificación legal, sosteniendo que no había elementos de convicción para estimar que existan hechos delictuosos, entre otros aspectos. En agosto la Sala A de la Cámara Federal de Rosario convalidó la hipótesis acusatoria y señaló que los únicos sujetos que podrían resultar penalmente responsables son Osuna y Correa y que, pese a sus declaraciones, no hay elementos que permitan concluir que la droga fue suministrada por uno de los dos encargados, sino que por el contrario, a lo largo de ese día, ambos fueron proveyendo el material estupefaciente. “Varias de las alegadas inconsistencias en las versiones dadas por ambos encartados no son más que intentos en desligarse de su responsabilidad penal y atribuirle responsabilidad a su consorte procesal”, sostuvo el tribunal de Alzada sobre ese punto.
Respecto al homicidio culposo, también se remarcó en ese fallo que era posible concluir que el fallecimiento derivó del suministro de estupefacientes efectuado por los dos imputados. Además, la Sala coincidió con el planteo del Ministerio Público Fiscal en cuanto a que se violó el deber de cuidado, no sólo por el carácter de menor de edad de la víctima, sino también por las cantidades suministradas.