El Gobierno publicó este martes en el Boletín Oficial la nueva reglamentación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con los recientes cambios establecidos en el Impuesto a las Ganancias y que permitirá a los trabajadores con salarios mensuales de hasta $280.792 brutos no pagarán el tributo.
Gracias a esta modificación, que rige para los salarios devengados a partir del 1° de junio de 2022 y ya se encuentra vigente, el Gobierno busca que el trabajador tenga algo de más dinero en el bolsillo en momentos en que la inflación sigue en niveles muy altos.
El artículo 4° de la Resolución advirtió que “los agentes de retención deberán generar una liquidación adicional respecto de las remuneraciones y/o haberes devengados desde el 1 de junio de 2022 que se hubieran liquidado por dicho período con anterioridad a la publicación de la presente resolución, a efectos de determinar las diferencias que, por aplicación de los montos establecidos por el Decreto N° 298/22, se hubieran generado a favor de los sujetos pasibles”.
En caso de haber diferencias, éstas “se reintegrarán en la primera remuneración y/o haber que se pague a partir de la vigencia de esta resolución general”.
El nivel de remuneraciones a partir del cual se tributa Ganancias aumentó dos veces en 2021. Primero pasó a $150.000 brutos en junio y luego se realizó un adelanto a cuenta del incremento anual, que llevó el valor, en septiembre, a $175.000.
Tras esos incrementos, desde enero de 2022, conforme la actualización anual dispuesta en la Ley de Impuesto a las Ganancias, el monto se elevó a $225.937. La Ley 27.667 delega al Poder Ejecutivo la facultad de incrementar, durante el año fiscal 2022, el monto que ahora fue elevado a $280.792. (DIB)