El Expediente Judicial: Condena a colonense por tráfico de estupefacientes

(Por Victor calvigioni) El Juicio Oral y Público se desarrolló en el 2005 en Rosario. El enjuiciado es Darío Javier Medina. El procedimiento que sirvió para condenarlo se llevó a cabo en octubre del año 2002 en una quinta de la periferia de la ciudad.

El Tribunal Federal de Rosario condenó al colonense Mario Javier Medina a la pena de 5 años y seis meses de prisión, una multa de 500 pesos e inhabilitación por el tiempo que dure la condena, al hallarlo responsable de el delito de comercialización de estupefacientes.

El episodio por la cual Medina fue condenado, se dio inició el 4 de octubre del 2002, cuando personal de la Policía Federal, realizó dos allanamientos en nuestra ciudad y detuvieron a tres personas.

La investigación policial se venía realizando desde mediados de 2002. Los allanamientos se realizaron cuando cuatro móviles de la Policía Federal llegaron a la quinta del “Palomo” Medina, ubicada en calle 56 entre 128 y 129.

Los ocho uniformados bajaron y comenzaron a golpear las puertas de la vivienda. (una al costado y una al frente). En su interior se encontraba el ahora juzgado junto a su pareja. Hubo gritos de los policías que se confundían con los de los habitantes de la casa. Los uniformados forzaron la entrada principal.

Los  Federales

 

Los Federales comenzaron a buscar estupefacientes. La droga que se habría encontrado sería de 300 gramos de cocaína y 200 gramos de marihuana. Ambas de alta pureza. En el momento del secuestro se habrían realizado con la droga incautada análisis con varios reactivos. El rápido peritaje dio positivo. Los jueces consideraron que las pruebas aportadas por la Policía Federal a través de la causa judicial fueron suficientes para condenar a Medina.

Los funcioanrios policiales no hallaron sustancias de cortes ni nacional ni importada. La policía sospechó en ese momento que la cocaína se cortaba con maizena para hacerla económicamente más redituable, debido a que se halló una caja de las sustancia alimenticia, aunque esto no quedó demostrado en el proceso.

En aquella oportunidad, una fuente dijo que con lo hallado serviría para fabricar 600 dosis. También se allanó una carnicería de calle 54 entre 23 y 24, propiedad de Medina. En el comercio a pesar de la ardua búsqueda no se encontró ningún elemento sospechoso. En Rosario debieron prestar declaración siete colonenses que contaron como se desarrollaron los hechos de aquella noche e hicieron referencias al concepto que disponía Medina.

La mula

En aquella ocasión los trascendidos indicaban que el sospechoso se trasladaba a Rosario donde habría adquirido la mercadería al mayoreo.

Según se dijo, los uniformados habían preparado un procedimiento para detener a la “mula” que trasladaba los estupefaciente a nuestra ciudad. El procedimiento “falló” cuando el que llevaba “ la carga” se desvió en su automóvil por un camino de tierra que no era el habitual.

El comienzo

Un testigo de identidad reservada dio el puntapié inicial en la causa judicial que se tramitó en San Nicolás en el juzgado de Carlos Villafuerte Ruso. Según pudimos determinar la resolución 124/02, cuya copia se encuentra autos folios 566. El expediente es el número 1647/01 y la causa inicial tiene el número 27077. La persona que declaró en San Nicolás, dijo que los jóvenes de nuestra ciudad adquirían cocaína y marihuana comunicándose al teléfono 0274-1566… y 047415662….

Sobre los mismos se realizaron numerosas escuchas que fueron aportadas a la profusa causa. Los consumidores se consideran enfermos y en las escuchas serían numerosos los teléfonos detectados en aquella oportunidad desde donde pedían estupefacientes. El informe realizado por personal policial de la Federal es contundente “en el domicilio de Medina se realizaban las transacciones de sustancias prohibidas”.

Los uniformados además agregaron que los habitantes de la vivienda luego allanada realizarían movimientos sospechosos. En el 2002 se produjo la detención de un joven al salir de la vivienda. En poder del joven se encontró 10 gramos de marihuana de máxima pureza.

La relación droga delitos es casi directamente proporcional. El mismo joven meses después fue detenido y acusado de realizar varios asaltos a comercios. Actualmente cumple condena. Por razón judicial también aparece un comerciante que fue acusado de comercializar drogas.

En la causa estan descripta las dos viviendas donde se distribuían estupefacientes. En su momento el testigo acusó a cuatro policías de Colón (tres suboficiales y un oficial) que protegerían el comercio de estupefacientes