El Tribunal Oral Federal N°6 porteño consideró probada la participación necesaria del acusado en la sustracción de una persona menor de 10 años y su coautoría en la posterior retención y ocultamiento. Declaró que los hechos configuran delitos de lesa humanidad y que configuraron violencia de género, violencia contras las mujeres y parto deshumanizado.
El Tribunal Oral Federal N°6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires condenó ayer a 15 años de prisión al exoficial de la Armada Adolfo Donda Tigel por su intervención en la apropiación de Victoria Donda Pérez, su sobrina, nacida en agosto de 1977 y sustraída durante el cautiverio de su madre, María Hilda Pérez, en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), donde funcionó una maternidad clandestina en el contexto del plan sistemático de apropiación de niños y niñas, que fue probado judicialmente. Donda fue condenado en carácter de partícipe necesario del delito de sustracción de una persona menor de 10 años de edad, en concurso ideal con los delitos de retención y ocultación de la víctima, en grado de coautor.
Los jueces Ricardo Basílico (presidente) y Daniel Horacio Obligado y la jueza María Gabriela López Iñiguez declararon imprescriptibles los crímenes juzgados y los calificaron como «delitos de lesa humanidad implementados en el marco de la práctica sistemática y generalizada de sustracción, retención y ocultamiento de menores de edad en ocasión de secuestro, cautiverio, desaparición o muerte de su madre en un plan general de aniquilación que se desplegó sobre parte de la población civil con el argumento de combatir la subversión, implementado métodos de terrorismo de Estado durante la última dictadura militar».
En el veredicto remarcaron que «la naturaleza, modo de comisión y circunstancias que rodearon estos hechos, antes, durante y después de su comisión tiene especiales características compatibles con la configuración de los supuestos descriptos por las leyes 23.179 -CEDAW-, 24.632- Belém do Para, – 25.929 y 26.485, en tanto configuración de supuestos de violencia de género, violencia contras las mujeres y parto deshumanizado». La referencias legislativas del veredicto corresponden, respectivamente, a la incorporación en el orden jurídico argentino de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas; la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres; la ley de Protección del embarazo y del recién nacido; y la ley de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
El tribunal anunció que el 6 de mayo a las 19.00 dará a conocer los fundamentos de la sentencia.
La última audiencia del debate, que había iniciado el 7 de noviembre de 1922, se desarrolló en la sala SUM de los tribunales federales porteños y fue transmitida por el canal oficial de YouTube del Poder Judicial de la Nación. En el juicio intervino el fiscal general a cargo de la Unidad Especializada para Casos de Apropiación de Niños y Niñas durante el Terrorismo de Estado, Pablo Parenti, y el auxiliar fiscal de la misma dependencia, Iván Polaco, quienes manifestaron su satisfacción con la sentencia. En efecto, en su alegato pronunciado el 6 de diciembre pasado, los representantes del MPF habían solicitado 15 años de prisión para el acusado
Durante su exposición, la fiscalía había señalado “que el crimen cometido por el acusado es un caso especialmente atroz. Por un lado, muestra la atrocidad propia de toda apropiación de niñas y niños nacidos en cautiverio de sus madres en el marco del terrorismo de Estado. Pero en este caso, además, se suma que el acusado, como parte del sistema represivo, cometió estos delitos contra su propia familia, lo que lo convierte en un caso único en la historia de estos juicios».
“Quedó probado que Donda era un oficial de Marina, integrante de la Fuerza de Tareas III, que toma intervención en el hecho, ve a su cuñada cuando estaba secuestrada en la ESMA antes de tener a Victoria. Y luego de este hecho, afianza aún más su relación con la ESMA a tal punto que, meses después, es destinado formalmente a ese lugar y hace una carrera ascendente hasta convertirse poco tiempo después en uno de sus jefes», habían sostenido los fiscales en su acusación.
Sustracción, retención y ocultación de Victoria Donda
De acuerdo con la investigación, en el marco de su cautiverio en la ESMA, María Hilda Pérez dio a luz a su hija Victoria en agosto de 1977 y fue asistida en el parto por el médico Jorge Luis Magnacco -condenado por este hecho en otro juicio- en una habitación destinada a las prisioneras embarazadas, denominada por los represores como “Maternidad Sardá” o “la Sárda por Izquierda”, que funcionaba en el piso superior del Casino de Oficiales. Mediante la acción del ahora condenado juntos a otras personas, la niña fue sustraída e inscripta con otros nombres y el apellido de su apropiador, el prefecto Juan Antonio Azic, y como hija de este y de su esposa, Noemí Esther Abrego. Quince días después del nacimiento, María Hilda fue retirada de la ESMA por personal de la Fuerza Aérea y nunca más se supo de ella.
Adolfo Donda Tigel tuvo intervención durante años en el Grupo de Tareas 3.3.2 de la ESMA y allí operó conjuntamente con otros miembros de la Armada en secuestros, en aplicación de torturas y en la sustracción de los bienes de las personas ilegítimamente privadas de la libertad, entre otros delitos, hechos por los cuales recibió penas de prisión perpetua en 2011 y en 2017 en las denominadas causas 1270 y ESMA unificada, respectivamente, en las que tuvo intervención el Tribunal Oral Federal N°5 porteño, órgano que fue notificado de la pena impuesta ayer por el Tribunal Oral Federal N°6.
El exmarino, de 77 años, se encuentra detenido en el Centro Federal de Detención de Mujeres “Nuestra Señora del Rosario de San Nicolás”, Unidad N° 31 del Servicio Penitenciario Federal, ubicada en Ezeiza.