Ahora ABSA deberá entregar bidones con agua a familias de Chivilcoy, que tras una intensa campaña lograron probar que el agua de uso diario que provee la empresa está contaminada con arsénico y nitratos.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín le dio la razón a la sentencia anteriormente dictada por el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Mercedes, ante la prueba que pudieron recolectar los vecinos de esa localidad.
La sentencia del año pasado tuvo el patrocinio de la Defensoría del Pueblo, por lo que el fallo podría involucrar a otras familias que también se habían sumado a la denuncia contra la empresa.
Sin embargo, no es la primera vez que la empresa tiene fallos en contra de la justicia en relación a la mala calidad del agua para el uso humano. En 2014, el tribunal supremo de justicia falló a favor de vecinos de la ciudad de 9 de Julio, que presentaron una demanda por el alto nivel de arsénico en el fluido.
El nuevo fallo se dio luego de que concejales de Chivilcoy se reunieran con funcionarios de la empresa de agua en una reunión pública.
“Es una buena noticia para los habitantes de Chivilcoy, ya que quiere decir que nuestro reclamo es válido, es justo, porque lo que pedimos, básicamente es que la calidad del agua que tomamos se ajusten a los parámetros establecidos por la Organización Mundial de la Salud y el Código Alimentario Argentino”, manifestó Rolando Ruocco, uno de los integrantes de la Mesa Socioambiental de Chivilcoy.
De la misma forma, Ruocco explicó que el fallo de la Cámara es “una respuesta a la apelación de ABSA, que ha sido favorable a nuestra demanda, que queremos que sea extensiva tanto para las últimas personas que se acoplaron a nuestro reclamo, que fueron otras 33 familias y hacia todos los vecinos de la ciudad”.
En parte del fallo, la Cámara manifestó que “se encuentra demostrado que la calidad de agua que ABSA provee en Chivilcoy para consumo humano entraña un peligro cierto a la salud de los habitantes de la zona en tanto superaría los parámetros máximos tolerados por la normativa legal vigente en la materia, recordando que el derecho a la salud se encuentra íntimamente relacionado con el derecho a la vida y desde el punto de vista normativo, está reconocido en los tratados internacionales con rango constitucional (…)”. (InfoGEI)