UN BUEN EJEMPLO PARA COLON (Gustavo Orellano-para La Capital)El Concejo Municipal de Casilda sancionó este jueves por unanimidad una ordenanza por la cual se crea el denominado Programa Plazas Seguras y Accesibles. La iniciativa apunta a garantizar el «derecho a la accesibilidad” haciendo eje en la convivencia y la diversidad funcional para “la recuperación, mejora, mantenimiento y puesta en valor del espacio público”.
El proyecto convertido en normativa, que fue impulsado por la concejala de la Fuerza Popular Casildense, Manuela Bonis, y el edil del Frente Progresista Cívico y Social, Walter Palanca, tiene como objetivo “permitir experiencias libres, donde las personas, y en particular, las infancias, puedan desarrollar su autonomía, decidir y socializar sin prejuicios”.
La norma insta al Ejecutivo Municipal a “relevar plazas y espacios públicos en las cuales sea necesario intervenir según criterio de prioridad, como también garantizar la creación de nuevos espacios en aquellos sectores de la ciudad donde aún no se hayan establecido”.
“Es fundamental el empoderamiento de los espacios públicos de la ciudad y a la vez generar otros nuevos que permitan el libre desarrollo de las personas más allá de la condición física y mental, lo que significa revalorizar la convivencia”, explicó a La Capital Palanca, quien además es presidente del organismo Legislativo local.
En esa misma línea sostuvo que “el Estado tiene la obligación de repensar esta cuestión de la accesibilidad sino se convierte en un obstáculo, razón por la cual debe ser facilitador de la calidad de vida de las personas para que expresen todas sus libertades con la única limitación de la libertad del otro”. “Y esta ordenanza _añadió_ es una herramienta que apunta precisamente a eso y reglamenta lineamientos para garantizar la accesibilidad y seguridad de todas las personas al espacio público”.
Finalmente, Palanca se mostró optimismo en que el municipio incorpore lo dispuesto a las plazas que se encuentran en proceso de remodelación tras indicar que ya mantuvo conversaciones al respecto con autoridades del área de Obras y Servicios Públicos.
En el texto de la norma se fundamenta que en “plazas y parques existen problemas y barreras que debemos resolver para que sean de disfrute para todas las personas, sin distinción de edad ni condición de discapacidad”.
Asimismo, resalta que los espacios públicos así como los juegos “deben ser diseñados para que puedan ser utilizados de manera conjunta por todas las personas atendiendo a sus diversidades corporales y funcionales”
“A esto _añade_ se denomina diseño universal, que contempla poder llegar, usar y transitar los servicios, objetos y entornos en todas las etapas de la vida, teniendo en cuenta a personas con discapacidad”.
Además sostiene, entre otras consideraciones, que al “diseñar plazas y parques debe prevalecer el concepto de accesibilidad como una cualidad necesaria para que las personas con discapacidad puedan acceder y disfrutar, en igualdad de oportunidades, de todo lo que allí se ofrece”.
Reglamentación
Lo reglamentado por ordenanza contempla la colocación de rampas, señalización para personas con discapacidad visual o auditiva, colocación de baldosas podotáctiles, forestación acorde a la zona e identificación de cada especie, lo que va en sintonía con la ley provincial del árbol. A su vez prevé la instalación de luminarias modernas y la disposición de contenedores, debidamente identificados, para residuos sólidos, secos y húmedos.
También incluye la colocación de carteles informativos con la función de orientar y guiar sobre la ruta de los juegos, lugares de descanso, sanitarios y bebedores.
Los carteles informativos deben estar en formato visible, ser de fácil lectura y comprensión, y poseer código QR y braille en todas las áreas y servicios accesibles y disponibles.
Además, debe haber un plano en el cual se informe acerca del mobiliario y sus características, y su localización en el entorno. En el mismo pueden estar representados bancos, mesas, cestos de residuos, bebederos, juegos y fuentes. Y también incluir una descripción de las formas posibles de circulación, las veredas, los cruces peatonales, estacionamientos aptos para ascenso y descenso de personas con discapacidad.
Para garantizar la circulación, la plaza o parque deben contar con rampas, en vez de escaleras, y en los lugares con arena debe haber circuitos con pisos de materiales antideslizantes que permitan el acceso de las sillas de ruedas. El camino debe estar revestido de pisos podotáctiles cuya superficie texturizada se percibe en los pies al caminar.
Se debe implementar y respetar que todo lo que es sonoro para la discapacidad visual también los sea para la discapacidad auditiva. Por eso la señalética tiene que ser visual y sonora en todas las rutas de accesos y de emergencias.
Este sistema de comunicación cumple la función de guiar, orientar, facilitar el acceso a los lugares requeridos. Lo más importante es visualizar y destacar la información, mensajes de emergencia y prevención de peligro por medio de iluminación en carteles con señales de letras luminosas y grandes.
Los juegos infantiles deben ser inclusivos para todas las infancias y se deben contemplar áreas de juegos temáticos, educativos y participativos. En cuanto a las condiciones materiales, los suelos recomendados por su accesibilidad y seguridad son los engomados y de colores claros que no transmiten el calor en verano, facilitan el recorrido de la silla de ruedas y proporcionan seguridad ante caídas y golpes.
Se implementará la colocación de placas con pictogramas para estimular y potenciar la participación en niños y niñas y su accesibilidad cognitiva.
Los servicios sanitarios deben poder localizarse sin dificultad y no constituir un obstáculo para el tránsito peatonal, presentando contraste cromático con el entorno e identificándose su puerta y herrajes mediante señales distintivas. Además, debe haber baños y lavamanos accesibles para las personas de diferente talla y en sillas de ruedas. Las áreas de descanso deben tener asientos de diferentes formas y tamaños, con respaldo y apoyabrazos.
Se deben implementar postas para la promoción de la salud, que puedan ofrecer información para favorecer a los hábitos saludables, información pertinente en cuanto a cuidados, derechos e igualdad.
La reglamentación, finalmente establece que los cuidadores o encargados de vigilancia deben estar capacitados sobre pautas de comunicación accesible hacia las personas con discapacidad auditiva, intelectual o visual.