Es un proyecto de Ley del senador Andrés De Leo, que prevé beneficios para quienes las empleen en actividades como la construcción, instalaciones, metalmecánica, choferes, reparaciones, mantenimiento, cultivo, cría de animales, fabricación en general. También el Estado deberá ocuparse del tema.
«El presente proyecto de Ley tiene como objetivo incentivar la incorporación de mujeres, en roles laborales poco frecuentes», graficó el legislador de Juntos por el Cambio, autor de la iniciativa. Y en el mismo sentido dijo: «la equidad laboral, definida por la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres para participar en el mercado de trabajo, es una dimensión significativa de la equidad de género en una sociedad. Podemos advertir que no existe país en el mundo donde la participación de la fuerza de trabajo de las mujeres no sea inferior a la de los hombres».
En nuestro país la tasa de actividad femenina es un 20,2% inferior que la masculina. Según un informe especial realizado por el Centro de Evaluación de Políticas basadas en la Evidencia, de la Universidad Di Tella, en 2019 se alcanzó el mayor nivel de participación de los últimos 17 años.
El estudio analiza cuál es la participación de la mujer en el mercado laboral argentino: durante 2019, en la Argentina, el 59,4% de las mujeres en edad de trabajar participó del mercado laboral. Representa el nivel más alto de los últimos 17 años, ya que de 2003 a 2017 este indicador se había mantenido estancado. Mientras que el 59,4% de las mujeres en edad de trabajar tiene un empleo o están buscando uno, en el caso de los hombres el porcentaje es del 79,5%.
La desigualdad entre géneros se pone de manifiesto al comparar las tasas de participación de varones y mujeres en el mercado de trabajo. Según datos de la Encuesta Permanente de Hogares para el primer trimestre de 2020, en los aglomerados relevados para la provincia de Buenos Aires, la tasa de participación de los varones en el mercado laboral asciende a 68,2%, mientras que para las mujeres es de 48,6%, lo que refleja una brecha de 20 puntos porcentuales entre géneros.
Además, la inserción laboral femenina se encuentra mayormente concentrada en ramas de actividad que se caracterizan por condiciones laborales más precarias. Una de cada cinco trabajadoras bonaerenses se emplea en el servicio doméstico, donde la tasa de informalidad laboral asciende a 73,6%.
También la lógica de distribución de las actividades entre géneros en la estructura productiva reproduce en gran medida lo que sucede al interior de los hogares. Las mujeres se insertan principalmente en trabajos y profesiones relacionadas con servicios de cuidado; mientras que 42,2% de las mujeres bonaerenses se dedican a la enseñanza, servicios sociales y de salud y servicio doméstico, sólo 5,8% de los varones participa en estas actividades indispensables, pero de baja productividad e ingresos.
En conclusión, la pobreza tiene género y se visualiza estadísticamente en la sobrerrepresentación de las mujeres en el decil de ingresos más bajo donde 7 de cada 10 personas son mujeres. Por el contrario, entre el 10% de la población de mayores ingresos, sólo cerca de 4 de cada 10 son mujeres.
«Atravesamos un momento histórico de conquista de derechos para la mujer, por eso consideramos oportuno avanzar en medidas concretas que hagan a la igualdad real de oportunidades. Tenemos la convicción de que la igualdad se funda en la equidad de posibilidades, y consideramos el trabajo esencial en esa construcción, de ahí, que la presente iniciativa tiene medidas concretas, y de efecto real», agregó el legislador bahiense.
«Además -finalizó De Leo-, en esto coincidimos con el Gobernador, quien dijo, en oportunidad de la presentación del Presupuesto y Ley Impositiva 2021, el 6 de noviembre del año pasado, que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires tiene entre sus objetivos prioritarios cerrar brechas de desigualdad de género y acelerar el camino hacia la justicia distributiva entre varones y mujeres, para que todos tengan las mismas posibilidades de acceder y ejercer sus derechos«.
Beneficios previstos en el proyecto
-Los empleadores que incorporen a sus plantas de personal, mujeres en roles laborales poco frecuentes, podrán imputar el treinta por ciento (30%) de las remuneraciones nominales que perciban estas, como pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos.
-La Autoridad de Aplicación, en forma conjunta con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, diseñará una línea especial de créditos, para aquellos empleadores que incorporen mujeres en roles laborales poco frecuentes. Dicha línea de créditos tendrá una tasa subsidiada por el Estado Provincial, y condiciones flexibles para su acceso, teniendo como principal propósito ampliar la capacidad de generación de empleo en los tomadores.
-El Estado Provincial priorizará en sus procesos licitatorios, aquellas empresas que tengan en sus nóminas mujeres ocupando roles laborales poco frecuentes.
-Las incorporaciones de mujeres en roles laborales poco frecuentes, que tengan lugar en la administración pública provincial, y en los municipios de la Provincia, tendrán una reducción de las contribuciones al Instituto de Previsión Social equivalente al treinta por ciento (30%) de las remuneraciones nominales que perciban.