Luego de que un abogado local hiciera una presentación en 2014, la justicia determinó que el agua de Bragado no es apta para consumo humano. Ahora, los vecinos que adhieran a la presentación podrán obtener por parte de la empresa el suministro de bidones de agua, como así también las instituciones de la comunidad.
El Juzgado de Garantías del Juzgado Nº 1 de Mercedes a cargo del Dr. Luis Marcelo Giacoia determinó que ante severo riesgo a la salud de los vecinos y probadas deficiencias del sistema de agua de red, ABSA deberá hacer las inversiones necesarias para crear en forma inmediata una planta potabilizadora para la ciudad de Bragado.
En el fallo se explicita que casi en la totalidad de las muestras de agua hay “compuestos físico-químicos, en especial de arsénico, que rebasan los topes máximos admitidos por la legislación en la materia conforme a las previsiones del art. 982 del Código Alimentario Argentino y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud”.
Dentro de los fundamentos se destaca que “la empresa proveedora estaría realizando solamente el proceso de desinfección del agua de red con hipoclorito de sodio, sin realizar ningún proceso de tratamiento físico-químico o biológico para la disminución de los niveles de compuestos químicos”.
Asimismo, sobre sus consideraciones finales asegura que “el servicio de agua en la ciudad de Bragado, prestado por ABSA, no reúne las condiciones de potabilidad acorde a la norma del art. 982 del Código Alimentario Argentino en relación a los valores máximos de arsénico, nitratos, cloruros y sustancias mencionadas en dicha normativa como la demás vigente en la materia”.
Según informó el portal local Bragadonoticias hasta tanto se cumpla con la sentencia, se mantiene la medida cautelar que exigía a ABSA a que entregue agua potable a más de 50 instituciones locales, tanto educativas, recreativas, deportivas, culturales y de salud, públicas o privadas, en las que asistan niños.
El juez también ordena en su fallo al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, para que por intermedio de quien corresponda, se implemente un plan de vigilancia epidemiológica con los mismos alcances que el llevado a cabo en la ciudad de 9 de Julio. (InfoGEI)