La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó que durante la semana que viene más de 1.400.000 jubilados y pensionados recibirán dos suplementos excepcionales en sus pagos, en respuesta al reciente aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil.
El primer suplemento, correspondiente al mes de julio, será de $ 15 mil. El segundo, correspondiente a agosto, ascenderá a $ 21 mil. Estos montos adicionales se sumarán al refuerzo habitual de $ 20 mil pesos que el organismo previsional abona a los jubilados que perciben el monto mínimo.
Los beneficiarios percibirán ambos desembolsos al mismo tiempo, por lo que en los hechos termina siendo un bono por $ 36.000 en total.
Con esta medida, los jubilados y pensionados que cuenten con 30 años o más de aportes efectivos, sin moratoria ni plan de pago para cancelar años de aportes, recibirán en el mes de agosto un total de $ 127.822. Esta suma incluirá el haber mensual, el refuerzo de Anses y los suplementos por el aumento del salario mínimo.
Para facilitar el proceso de pago, Anses estableció un calendario de cobro según el último número del Documento Nacional de Identidad (DNI) de los beneficiarios:
DNI terminados en 0 y 1: 7 de agosto
DNI terminados en 2 y 3: 8 de agosto
DNI terminados en 4 y 5: 9 de agosto
DNI terminados en 6 y 7: 10 de agosto
DNI terminados en 8 y 9: 11 de agosto
¿Quiénes van a cobrar los suplementos?
Los suplementos anunciados por ANSES serán cobrados por jubilados y pensionados que cumplan con ciertos requisitos específicos. Según el anuncio, los beneficiarios que recibirán estos suplementos son:
-Jubilados y pensionados: Los adultos mayores que ya están jubilados o reciben una pensión.
-Cantidad de beneficiarios: Más de 1.400.000 jubilados y pensionados serán alcanzados por estos pagos excepcionales.
-Condiciones para recibir los suplementos: Los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes criterios: Contar con 30 años o más de aportes efectivos. Es decir, haber realizado contribuciones durante al menos 30 años al sistema previsional. No poseer moratoria ni plan de pago para cancelar años de aportes. Aquellos jubilados que hayan cumplido con sus aportes sin recurrir a planes de pago especiales serán elegibles para recibir los suplementos. (DIB)