El Juzgado de Trabajo Nº 13 ha emitido una medida cautelar en respuesta al amparo presentado por la CTERA (Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina). Esta decisión suspende la aplicación de los artículos 73, 81 y 94 de la Ley Nº 27.743 del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores de la educación.
Puntos clave del fallo:
- Suspende el mínimo no imponible considerado «vergonzoso» por CTERA.
- Afecta el cálculo del impuesto sobre adicionales como ruralidad, material didáctico y presentismo.
Reacción de CTERA: «Este fallo es de suma importancia, porque es el primer fallo sobre este tema planteado por una organización sindical que abarca a las y los trabajadores de la educación«, celebraron desde el sindicato.
«Este es un triunfo de la resistencia y la lucha de la CTERA con todas sus acciones: paros, movilizaciones, concentraciones frente al Congreso de la Nación, radios abiertas. Seguiremos defendiendo nuestro salario y nuestros derechos ante el ajuste y los atropellos a nuestras conquistas«.
Otros sectores se suman a la batalla legal:
- Médicos bonaerenses (CICOP) anunciaron un amparo similar.
- La Asociación de Médicos de la República Argentina (AMRA) ya presentó un recurso.
- La Federación Judicial Argentina (FJA) busca declarar inconstitucional la reglamentación.
Este fallo marca un precedente significativo en la lucha contra la restitución del Impuesto a las Ganancias impulsada por el gobierno de Javier Milei, abriendo la puerta a posibles acciones similares en otros sectores profesionales.(Pergamino Virtual)