En el marco de un juicio abreviado, los acusados aceptaron su responsabilidad y fueron señalados como responsables de participar del traslado de un cargamento de marihuana desde Corrientes hacía Córdoba con la intención de proceder luego a su comercialización.
En el marco de un juicio abreviado, el Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba condenó este mes a penas de entre cuatro y ocho años de prisión a trece personas acusadas de integrar una banda dedicada al tráfico y comercialización de estupefacientes. Los trece imputados eran integrantes de la organización liderada por Dario Ramón Cáceres, líder de la «Fiel» la barrabrava del Club Talleres, que trasladó a Córdoba desde Corrientes un cargamento de 1.289 kilos de marihuana. En el juicio, intervino el fiscal Carlos Gonella.
La lista de personas condenadas incluye a Ángel Emanuel Valdez, Ángel Gabriel López, Juan Ignacio La Costa, Claudio Ezequiel Gómez, Carlos Horacio Páez, Maximiliano Romero, Horacio Ramón Nuñez, Cristian Ramón Chávez, Leandro Vallejos, Rita Andrea Cabral, Manuel Alejandro Benítez, Mauro Alejandro Peralta y Sergio Omar Busso . Todos ellos llegaron a juicio por hechos de comercio y transporte de estupefacientes, ambos delitos agravados por el número de intervinientes.
Los hechos
Durante la investigación se descubrió la participación de los acusados en tres hechos distintos. En el primero de ellos, desde fecha no determinada con exactitud pero presumiblemente desde octubre de 2021 hasta el 18 de febrero de 2022, Páez, Busso y Peralta participaron junto con Cáceres de la organización de actividades de transporte, comercio y distribución de estupefacientes. Para estas tareas, mantuvieron reuniones en sus domicilios, en eventos, fiestas, como así también comunicaciones telefónicas a fin de coordinar las cuestiones logísticas de su empresa delictiva.
Para llevar a cabo su objetivo, se valieron del aporte de Cabral para que actuara como nexo entre ellos y otra célula delictiva dedicada al narcotráfico, integrada por La Costa, Gómez y Benítez, junto con Georgina Espindola, actualmente en juicio. A su vez, este grupo de acusados poseía contactos con Núñez, Vallejos, Romero y Gustavo Daniel Medina Ramírez (condenado junto a Cáceres a fines de noviembre), encargados de proveerles marihuana compactada que provenía desde Corrientes.
En el segundo hecho, con anterioridad al 18 de febrero de 2022, Cáceres, Paéz, Sergio Busso, Peralta, Cabral, La Costa, Gómez, Benítez, Espíndola, Núñez, Medina Ramírez, Vallejos, Romero y otras personas no identificadas coordinaron e intervinieron de manera organizada en el comercio de 1.288,85 kilogramos de marihuana compactada, acondicionada en 1761 envoltorios confeccionados con cintas de acetato. De esa cantidad, destinaron 933 envoltorios con marihuana para el grupo delictivo integrado por La Costa, Gómez, Benítez y Espíndola; 380 envoltorios con marihuana para la organización integrada por Cáceres, Páez, Busso y Peralta; y, finalmente, 448 envoltorios para personas hasta el momento no individualizadas.
Así, el grupo integrado por La Costa, Gómez, Benítez y Espíndola se habrían reunido con los proveedores Núñez, Medina Ramírez, Vallejos y Romero para coordinar los distintos aspectos de la negociación, como ser precio, cantidad, calidad de la sustancia, medio de transporte y entrega. A su vez, con anterioridad al 18 de febrero de 2022, Nuñez, Medina Ramírez, Vallejos y Romero contrataron los servicios de Chávez y López, que trasladaron dicha sustancia desde un lugar no determinado de la Provincia de Corrientes hasta esta ciudad de Córdoba. Por su parte, Gómez, Espíndola, La Costa y Benítez se contactaron con otra persona para –sin su consentimiento- descargar, y posteriormente, distribuir el material estupefaciente en el galpón de su propiedad, en el Barrio 25 de Mayo de la ciudad de Córdoba.
En el tercer y último hecho, con fecha no determinada pero con anterioridad al 18 de febrero de 2022, Chávez y López se condujeron a bordo de un camión IVECO desde un lugar no precisado –posiblemente ubicado en la Provincia de Corrientes- hasta las cercanías de la ciudad de Córdoba, transportando el cargamento de marihuana que fuera objeto de la negociación. Así, el 18 de febrero Chávez y López, a bordo del camión cargado con el estupefaciente, circularon por la Avenida de Circunvalación de la ciudad de Córdoba, secundados y custodiados por Núñez, Medina Ramírez, Vallejos y Romero, quienes se conducían a bordo de un Toyota SW4, y por Gómez, Espíndola, La Costa y Benítez, quienes se conducían en el interior de un Fiat Cronos y guiaron a los demás en dirección al galpón ubicado en Barrio 25 de Mayo, donde ingresaron el camión y descargaron la marihuana. Paralelamente, Gómez, Espíndola, La Costa y Benítez habían contratado a Valdez para que retirara la droga y la transportara hasta un lugar no determinado.
En virtud de ello, Valdez se dirigió a bordo de un vehículo Traffic donde ya se encontraban Gómez, Espíndola, La Costa y Benítez. Luego de ello, cargaron 682,72 kilogramos de marihuana dentro de la camioneta y posteriormente la escoltaron a bordo de otro automóvil con el objeto de transportar la droga por Ruta 9 hacia un destino no determinado, momento este en el que fueron detenidos por personal policial abocado a la investigación de la causa. En esa misma fecha, Páez, Busso, Peralta y Cabral, anoticiados de que el estupefaciente ya se encontraba en Córdoba, se dirigieron hacia el galpón de descarga con la finalidad de transportar 380 envoltorios con 271,73 kilogramos de marihuana que habían adquirido, aunque no pudieron lograr su cometido debido a que fueron detenidos por personal policial en Ruta 9 “vieja” en dirección a Toledo, en las proximidades del galpón.
Las penas
Tras acordar el juicio abreviado, los trece acusados reconocieron su participación en los hechos, por lo que recibieron las siguientes condenas:
- Carlos Horacio Páez: ocho años de prisión como coautor penalmente responsable de los delitos de organización para el comercio y transporte de estupefacientes en concurso real con el delito de comercio de estupefacientes y tentativa de transporte de estupefacientes en concurso real entre sí.
- Mauro Alejandro Peralta: ocho años de prisión como coautor penalmente responsable de los delitos de organización para el comercio y transporte de estupefacientes en concurso real con el delito de comercio de estupefacientes y tentativa de transporte de estupefacientes en concurso real entre sí
- Sergio Omar Busso: ocho años de prisión como coautor penalmente responsable de los delitos de organización para el comercio y transporte de estupefacientes en concurso real con el delito de comercio de estupefacientes y tentativa de transporte de estupefacientes en concurso real entre sí.
- Cristian Ramón Chávez: cuatro años de prisión como partícipe no necesario del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.
- Maximiliano Romero: cuatro años de prisión como partícipe no necesario del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.
- Horacio Ramón Núñez: cuatro años de prisión como partícipe no necesario del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.
- Ángel Gabriel López: cuatro años de prisión como partícipe no necesario del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.
- Leandro Vallejos: cuatro años de prisión como partícipe no necesario del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.
- Ángel Emanuel Valdez: cuatro años de prisión como partícipe no necesario del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.
- Claudio Ezequiel Gómez seis años de prisión como coautor del delito de comercio de estupefacientes agravado por número de intervinientes en concurso real con el delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.
- Manuel Alejandro Benítez: seis años de prisión (unificados en pena única a dieciséis, al contar con sentencia previa) como coautor de los delitos de comercio de estupefacientes agravado por el número de intervinientes en concurso real con transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.
- Rita Andrea Cabral: seis años de prisión (unificada en seis años y dos meses, al contar con sentencia previa) como coautora de los delitos comercio agravado por el número de intervinientes en concurso real con tentativa de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.
- Juan Ignacio La Costa: seis años de prisión como coautor de los delitos de comercio de estupefacientes agravado por el número de intervinientes en concurso real con transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes