A tan solo cinco días de la votación, la Corte Suprema de Justicia suspendió las elecciones a gobernador que se iban a realizar este domingo en las provincias de San Juan y Tucumán al hacer lugar a medidas cautelares presentadas por las oposiciones de esos distritos.
Según detalló el diario Clarín, las presentaciones fueron hechas hace semanas atrás cuando se oficializaron las fórmulas electorales de esas provincias y las mismas plantean la inconstitucionalidad de las candidaturas a gobernador o vice por la ocupación de esos cargos en más de tres periodos.
Las medidas cautelares presentadas suponen que las candidaturas de Juan Manzur (a vicegobernador de Tucumán) y Sergio Uñac (a gobernador de San Juan) no respetan la alternancia pautada en las Constituciones provinciales.
Según señaló la agencia de noticias estatal Télam, en dos fallos conocidos esta tarde la Corte respondió a los amparos presentados por las oposiciones provinciales y en su argumento citó un fallo anterior de ese tribunal que habla de “la virtud republicana de desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder”.
Los pedidos de amparo fueron presentados por el “Partido para la Justicia Social” (Tucumán) y por “Evolución Liberal” (San Juan). Los fallos llevan las firmas de los magistrados Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz. Ricardo Lorenzetti, que se encuentra de viaje, no votó en los mismos.
Vale señalar que Uñac ya cumplió un mandato como vicegobernador (2011-2015) y ahora iría por su tercero como gobernador (2015-2019 y 2019-2023); mientras que Manzur tiene dos cumplidos como vice (2007-2011 y 2011-2015) y dos como gobernador (2015-2019 y 2019-2023), aunque en el último se tomó licencia para asumir como Jefe de Gabinete de la Nación.
La constitución de Tucumán indica en su artículo 90 que el gobernador y el vicegobernador “podrán ser reelectos por un período consecutivo” y que el vice “aun cuando hubiese completado dos períodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido gobernador y ser reelecto por un período consecutivo”. No aclara sobre una candidatura a vice de un gobernador que viene de cumplir dos periodos.
En San Juan, el artículo 175 de la constitución provincial (modificado en 2011) señala que “el gobernador y el vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”.
Las elecciones en Tucumán y San Juan se iban a realizar el próximo domingo (desacopladas de las nacionales), junto con las de La Pampa, Salta y Tierra del Fuego. En sus resoluciones, la Corte pidió informes que deberán ser presentados en el plazo de cinco días. (DIB)