Revocan el sobreseimiento de Coto por el hallazgo de un arsenal en un supermercado

La Cámara Federal de Casación reabrió la investigación sobre el empresario Alfredo Coto y su hijo Germán por el hallazgo de un arsenal en los depósitos de uno de los locales de su cadena de supermercados en 2016.

Las armas fueron halladas el  30 de agosto de 2016  en la sucursal en la calle Paysandú al 1800 (barrio de Caballito) por intervención del Registro Nacional de Armas de la República Argentina (RENAR).

En noviembre de 2022, la Cámara Federal, en un fallo firmado por los camaristas Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, reconoció la existencia irregular del armamento, pero desvinculó a los empresarios y a los funcionarios de cualquier responsabilidad penal.

“No se encuentra aquí controvertido el hallazgo de las armas de fuego, los explosivos y demás materiales controlables en una de las sedes de comercialización del supermercado”, sostuvo aquel fallo.

“Tampoco estuvieron controvertidas las distintas irregularidades detectadas en torno a la carencia y/o vencimiento de las credenciales de tenencia”, añadió.

Pero en cuanto a Alfredo y Germán Coto evalúa que es “inimaginable la posibilidad de que sean su presidente y vicepresidente los encargados de llevar adelante los procesos relativos a la seguridad del comercio”.

Ahora, la Casación entendió que aquella decisión exculpatoria se basó sobre un “análisis parcial” de los hechos y las pruebas.

Los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo hicieron lugar a la apelación porque consideraron que las pruebas recolectadas en la investigación “permiten alcanzar el umbral probatorio suficiente como para poder avanzar con el proceso penal en contra de los nombrados”.

Ello significa una tácita alusión a la necesidad de un juicio oral y público para esclarecer los hechos.

Además de los Coto, también fueron revocados los sobreseimientos de sus colaboradores jerárquicos  Cristian Javier Oscar González y Estelita Eufracia Herrera.

“Existen evidencias suficientes como para que el caso avance, y será la etapa de juicio oral la indicada para zanjar su posible responsabilidad penal con relación a los hechos investigados”, subrayó la resolución. (DIB)