Se trata de Fernando Morel quien resultó condenado mediante procedimiento abreviado a la pena de 2 años y 9 meses de prisión, unificando a la pena única de 21 años de prisión efectiva. El procedimiento fue homologado por el Juez Gonzalo Lopez Quintana, y presentado por la Fiscalía representada por el Fiscal Dr. Matias Edery, aceptado por la defensa.
Los hechos
Se le atribuyó, según la investigación realizada por la Fiscalía, que en fecha 8 de enero de 2020, aproximadamente las 21:30 hs, en dependencias del Hospital de Emergencias Clemente Álvarez de la ciudad de Rosario, en circunstancias de encontrarse esposado bajo custodia policial reforzada a solicitud de la Fiscalía de homicidios, por tratarse de un interno de alto riesgo, solicitó permiso de ingresar al baño a los oficiales los actuantes proceden a quitarle las esposas y una vez dentro cierra la puerta y traba la puerta del baño , comenzando así a fugarse a través del interior de los conductos de aire acondicionado, trasladándose unos 12 o 15 metros, siendo que minutos más tarde, en una de las habitaciones, a la altura del baño, los oficiales policiales lograron darle alcance tras seguirlo siempre por dónde iba haciendo ruido por el interior del ducto, lugar en el cual logró descender resbalando y cayendo al piso sin lesionarse, procediendo a su inmediata detención.
Condena anterior
El condenado contaba con una pena anterior de 18 años y 3 meses de prisión efectiva dictada en fecha 19 de febrero de 2018 por los delitos de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas, por el uso de arma de fuego y la participación de un menor de edad, portación de arma de fuego sin autorización; evasión; lesiones graves; portación de arma de fuego; robo calificado, portación de arma de fuego, robo calificado y tenencia de arma de guerra, todos en concurso real.
Calificación legal
Condenando a Fernando Morel a la pena de 2 años y 9 meses de prisión por los delitos de cohecho activo en concurso real con evasión en grado de tentativa unificando la condena a la pena única de 21 años de prisión efectiva.