Bragado: Fallo judicial obliga a la empresa ABSA a distribuir bidones con agua

De acuerdo con el fallo del Juzgado de Garantías del Joven nº 1 de Mercedes, a cargo del Dr. Luis Marcelo Giacoia, el agua de red se comprobó que solamente es desinfectada, pero no se realiza ningún proceso para quitar el arsénico, por lo que, su consumo, supone riesgos para la salud de los vecinos de la ciudad de Bragado.

Según el fallo en la casi totalidad de las muestras de agua tomadas hay “compuestos físico-químicos, en especial de arsénico, que rebasan los topes máximos admitidos por la legislación en la materia conforme a las previsiones del art. 982 del Código Alimentario Argentino y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud”.

Según da cuenta el portal La Posta Chacabuco, este problema, el de la cantidad de arsénico es común a toda la región, donde sin embargo se cobra y se da por sentado que el servicio de agua es conforme a los criterios sanitarios. El arsénico es un compuesto que genera enfermedades crónicas y que actúa consumiendo muy de a poco: pudiendo “causar cáncer y lesiones cutáneas. También se ha asociado a problemas de desarrollo, enfermedades cardiovasculares, neurotoxicidad y diabetes“, según la Organización Mundial de la Salud.

Daño que genera negocio

Como el profundo daño que genera el arsénico es conocido por algunos habitantes de la zona, esto ha generado un importante negocio: la venta de agua en bidones, o bien la colocación de costosos sistemas que filtran el agua que supuestamente debería poder consumirse.

Una solución parcial a este problema es la instalación de plantas de ósmosis inversa que filtren el arsénico, pero son muy reducidas en su capacidad. Recientemente el gobierno provincial se mostró interesado en promover soluciones. El ministro Augusto Costa declaró de interés el desarrollo de una solución de bajo costo alcanzada por la Universidad Nacional de La Plata.

Mientras continúa el cobro de este servicio, un argumento es que la contaminación por arsénico es una cuestión geológica. Lo es, pero no justifica la falta de información sobre el problema a los habitantes de parte de los gobiernos. Aún muchas personas la continúan consumiendo porque ignoran el riesgo que supone, o bien porque no pueden pagar por un agua segura. La concientización y el reconocimiento del problema sería un buen primer paso, así como involucrar a la sociedad en la búsqueda de soluciones.

El fallo

“La empresa proveedora estaría realizando solamente el proceso de desinfección del agua de red con hipoclorito de sodio, sin realizar ningún proceso de tratamiento físico-químico o biológico para la disminución de los niveles de compuestos químicos”, es decir, se aplica el mismo tratamiento que en toda la región.

“El servicio de agua en la ciudad de Bragado, prestado por ABSA, no reúne las condiciones de potabilidad acorde a la norma del art. 982 del Código Alimentario Argentino en relación a los valores máximos de arsénico, nitratos, cloruros y sustancias mencionadas en dicha normativa como la demás vigente en la materia”, estableció.

Respuesta de ABSA

Luego de conocerse el fallo judicial, ABSA respondió con un “atón pirulero”, saliendo a decir que “garantiza que el agua que distribuye en Bragado es apta para consumo humano”. Así lo señala en un comunicado, en el que sostiene que la calidad del agua que distribuye a los usuarios de Bragado “es apta para el consumo humano, ya que cumple con los parámetros determinados por la legislación provincial vigente”.

En otro párrafo la empresa bonaerense asegura que “La certificación de la calidad del agua es una tarea cotidiana. ABSA realiza análisis periódicos en diferentes posiciones del tendido de red en la localidad y en todos los casos, los resultados obtenidos se ubican por debajo de los valores indicados como nocivos para la salud”.

Por último, ABSA concluye el comunicado diciendo que “transmite tranquilidad a la población bragadense, sustentada en el control permanente del proceso de transporte, producción y distribución de agua según lo estipulado por la Ley Provincial N° 11820”. (InfoGEI)