Monotributistas, clubes de barrio, cooperativas, bomberos voluntarios, microempresas y bibliotecas populares: ya son más de 133.000 los contribuyentes que ya accedieron a la condonación de deudas prevista en la ley de Alivio Fiscal por un total de $ 1.700 millones, informó este martes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Así lo informó el organismo recaudador, que indicó que se trató de deudas tributarias, previsionales y aduaneras.
“La condonación de deudas parte de las medidas dispuestas por el Gobierno para acompañar a los y las contribuyentes en el proceso de recuperación económica”, destacó el organismo encabezado por Mercedes Marcó del Pont.
El beneficio, que está disponible desde el 20 de diciembre, puede solicitarse a través del sitio web de la AFIP hasta el 2 de marzo. Alcanza a entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias.
Asimismo, están alcanzadas las deudas inferiores a $ 100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado Mipyme.
En un comunicado, la AFIP señaló que la mayor parte de las deudas condonadas hasta el momento corresponde a monotributistas y que “alrededor de 101.000 contribuyentes adheridos al régimen simplificado ya accedieron a la condonación de deudas por un monto total de $ 992 millones”.
El universo de quienes solicitaron en forma exitosa la condonación de sus deudas por hasta $ 100.000 se completa con unos 32 mil contribuyentes que obtuvieron el beneficio del perdón fiscal por unos $ 702 millones.
Entre los beneficiarios se destacan 24 mil microempresas. En tanto, unas 100 cooperativas, 71 clubes de barrio y 10 bibliotecas populares solicitaron y accedieron a la condonación de deudas por más de $56 millones.
Mecanismos
La ley 27.653 de Alivio Fiscal, sancionada en octubre de 2021, incluyó además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes. Asimismo, incorpora beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.
Los interesados en acogerse al beneficio podrán realizar la solicitud hasta el 2 de marzo a través de la página web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3.
Para acceder al beneficio, deberán contar con la inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural, en tanto las demás entidades sin fines de lucro tendrán que presentar un certificado de exención en el impuesto a las Ganancias.
Otros de los requisitos son los de contar con “Certificado Mipyme”, domicilio fiscal electrónico registrado y confirmado, las declaraciones juradas presentadas desde enero de 2016 y tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE). (DIB)