Las prepagas y las obras sociales advierten que no cubrirían la realización de autotest de Covid de sus afiliados, luego de que la ANMAT decidiera aprobarlos y que varios laboratorios avanzaran en su importación y desarrollo para poder empezar a comercializarlos en el corto plazo.
Fuentes del sector explicaron que al tratarse de un test que cualquier persona podría comprar sin indicación de un médico, las obras sociales no tienen por qué incluirlo dentro de su cobertura si no figura dentro de la resolución correspondiente.
De acuerdo a fuentes consultadas, cuando una práctica médica se incluye en la cobertura, debe tener el respaldo de un decreto o resolución de manera expresa. Siguiendo esa línea, toda prestación de salud que no siga los criterios epidemiológicos que le den sustento y que, además, no tenga una orden médica, no figura dentro de los parámetros para ser cubierta por una obra social o una prepaga.
Dentro del sector se compara a los autotest Covid-19 con los test de embarazo, que no tiene cobertura de las prepagas y de las obras sociales. A menos que haya un cambio en la regulación, a la fecha los test de autodiagnóstico no tienen aval para ser incluidos por las prestadoras de salud.
Los laboratorios que fueron autorizados a comercializar los tests de autoevaluación fueron la farmacéutica estadounidense Abbott, la suiza Roche, la importadora y distribuidora local Vyam Group y la rosarina Wiener Lab.
Qué dice el decreto
Frente al avance de la variante Ómicron en el país y en plena escalada de casos, que rondan los 100.000 por día, la ANMAT decidió aprobar el uso de autotest para identificar positivos de Covid-19. El lunes, mediante el Boletín Oficial, fue avalado por el Ministerio de Salud de la Nación, que publicó un decreto firmado por la ministra Carla Vizzotti.
Desde el Gobierno se comunicó que cada persona que se haga el test deberá comunicar el resultado al farmacéutico que se lo vendió, quien tendrá que cargar la información al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS).
Los positivos serán integrados a la notificación de casos de Covid-19, mientras que los negativos serán consignados como “negativo, sin clasificar”. Los casos de test inválido deberán repetirse para definir el resultado.
Entre los considerandos de la medida oficial se indicó que “la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requiere la adopción de medidas novedosas para hacer frente a la emergencia, para que, oportunamente, se adopten decisiones rápidas, eficaces y urgentes”.
Según detalla uno de los anexos de la resolución, “los resultados del test deben ser reportados de forma individualizada (atento al código de barra de cada empaque) una vez abierto dentro de las 24 hs. de realizado el mismo, y dentro de los 7 (siete) días de adquiridos cuando no hubieran sido utilizados, ya sea por el usuario individual o por un responsable de reporte en caso de gran volumen de test”. (DIB)