Fue por decisión de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, al rechazar las apelaciones presentadas por la defensa de los tres imputados contra la imputación por la muerte del joven, la tentativa de homicidio de sus tres amigos, la privación ilegal de la libertad agravada por abuso funcional y la falsedad ideológica. También confirmaron el rechazo de la excarcelación de otra de las implicadas.
En el marco de la investigación por la muerte de Lucas González -desarrollada por la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°32 a cargo de Leonel Gómez Barbella-, la sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó los procesamientos con prisión preventiva dispuestos por el juez Martín Del Viso respecto de un inspector mayor, un oficial mayor y un oficial de la Brigada 6 de la Comisaría Vecinal 4D de la Policía de la Ciudad. Los tres habían sido considerados responsables de los delitos de «homicidio agravado por alevosía y por miembros de las fuerzas policiales abusando de sus funciones, la tentativa de homicidio de sus tres amigos, privación ilegal de la libertad y falsedad ideológica».
La Cámara de Apelaciones confirmó confirmó también el rechazo de la excarcelación de una oficial procesada por falsedad ideológica, falso testimonio, encubrimiento agravado, privación ilegal de la libertad calificada y vejaciones. En esta instancia intervino el responsable de la Fiscalía General N°1 ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Joaquín Gaset.
En la resolución, los jueces Ignacio Rodríguez Varela y Julio Lucini consideraron que “la valoración conjunta de los elementos probatorios colectados indica que los procesamientos dispuestos en la instancia anterior deben ser homologados por cuanto se encuentra satisfecha la exigencia de mérito establecida por el artículo 306 del ordenamiento adjetivo”. Agregaron que ninguna de las constancias incorporadas a la causa «avala en lo más mínimo ese relato inicialmente alegado por los encartados para pretender justificar su accionar”, que culminó con la muerte del joven y la detención ilegal de sus tres amigos.
“Su condición de policías en servicio, con varios años de antigüedad y entrenamiento para enfrentar estas situaciones, permitía una especial exigencia de juicio de las circunstancias, debida diligencia y moderación en la respuesta, pues ‘no debe olvidarse que los mayores conocimientos técnicos y el especial entrenamiento de los integrantes de las fuerzas de seguridad hacen que les sea exigible una mayor precisión a la hora de evaluar la necesidad de la defensa’”, destacaron los camaristas. También puntualizaron que “el accionar policial no se ajustó a las reglas de razonabilidad y respuesta progresiva que lo rigen, pues atentaron injustificadamente contra la vida de los menores y dieron muerte a uno de ellos, dirigiendo además posteriormente sus conductas a enmascarar y dar visos de legalidad a los actos que las precedieron”.
En ese sentido recalcaron: “este obrar antijurídico se agravó y se hizo aún más patente en las contingencias posteriores. Porque a la ausencia de presupuestos legales para detener o requisar a los menores -y perseguirlos y cruzarles el automóvil con tal supuesto objetivo-, se agregó la manifiesta exorbitancia de la respuesta observada cuando aquéllos esquivaron a los policías. Descartada la existencia de armas de fuego en poder de las víctimas, y en consecuencia la verificación de una situación de peligro actual por la inminencia de su uso contra los funcionarios o en riesgo para la población en general, no es posible otorgar sustento legal razonable a la decisión de aquéllos de comenzar a disparar, prácticamente a quemarropa, e inmediatamente después de apearse de su vehículo y verse burlados por la maniobra de sus perseguidos”.
Por otra parte, los camaristas Rodríguez Varela y Lucini resolvieron mantener la prisión preventiva de los tres imputados por “presumir la existencia de riesgo de presión a los damnificados y sus familiares, así como a los testigos que deban declarar en un eventual juicio, sobre todo si se tiene en cuenta la relación de poder, recursos y condiciones personales entre víctimas y victimarios -como ya se ha dicho, integrantes de una fuerza de seguridad-“.
Rechazo a la excarcelación
En otra resolución, la Sala IV también rechazó el pedido de excarcelación presentado por la defensa de una de las oficiales ya procesada por falsedad ideológica, falso testimonio, encubrimiento agravado por la condición de funcionaria pública y por ser el delito precedente especialmente grave, privación ilegal de la libertad calificada por tratarse de funcionarios públicos que actuaron con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por ley y porque en desempeño de un acto de servicio cometieron vejaciones contra las personas que se detuvo.
Al momento de resolver, tuvieron en cuenta “las graves características» de los episodios que se le atribuyen: «como integrante de la Policía de la Ciudad habría introducido datos falsos en actuaciones confeccionadas en el marco del procedimiento en el que se dio muerte a Lucas González, el cual ha sido calificado como homicidio agravado y en tentativa en el caso de quienes lo acompañaban». En esa línea, la oficial integraría «el grupo de funcionarios que arribó al lugar instantes después del suceso e intentó aparentar un enfrentamiento armado, para lo cual, entre otras acciones, se habría introducido maliciosamente –‘plantado’- un arma de utilería en el rodado que ocupaban las víctimas”.
Agregaron que «se trata de una funcionaria de las fuerzas de seguridad, capacitada y entrenada para actuar ante situaciones extremas y que, pese a ello, habría incurrido en graves omisiones de las conductas esperadas por su condición de preventora en el suceso al que fue convocada, circunstancias que se proyectan sobre ella de manera negativa para dar respuesta al pedido de excarcelación, al menos en este estado del proceso”.
El hecho
En la mañana del 17 de noviembre, Lucas y tres amigos salieron del entrenamiento en el club de fútbol Barracas Central, y se subieron al Volkswagen Surán del padre de uno de ellos, para volver al barrio San Eduardo, de la localidad bonaerense de Florencio Varela, donde vivían.
Tras detenerse en un kiosco, comenzaron a ser perseguidos por un Nissan Tiida, en el que circulaban el inspector mayor, el oficial mayor y el oficial de la Brigada 6 de la Comisaría Vecinal 4D de la Policía de la Ciudad, que realizaban tareas de campo, en la intersección de las avenidas Iriarte y Vélez Sarsfield, en el marco de una investigación de la Unidad Fiscal Especializada en la Investigación de Delitos Vinculados con Estupefacientes (UFEIDE) del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires.
Por su parte, los efectivos policiales informaron al servicio de comunicaciones policiales, que perseguían un automóvil con “cuatro masculinos menores, con apariencia menores, jóvenes”, refirieron “que estaban armados”, y les cruzaron el Nissan Tiida para detenerlos. Como el automóvil de la brigada no tenía ninguna identificación ni los policías vestían chalecos ni uniformes policiales, los chicos pensaron que podían ser ladrones y quisieron escapar, pero fue entonces cuando los efectivos policiales dispararon contra el Volkswagen Suran.
El joven de 17 años, que viajaba en el asiento del acompañante, recibió 2 disparos, uno de ellos en la cabeza. Fue trasladado al Hospital General de Agudos “José María Penna” -donde permaneció con custodia policial-, pero luego lo llevaron al Hospital El Cruce, de Florencio Varela, donde falleció al día siguiente por la tarde. Sus tres amigos fueron detenidos -ilegalmente- tras el hecho, pero el juez de Menores dispuso sus sobreseimientos, tras determinar que no habían incurrido en ningún delito, como habían señalado los policías inicialmente.
Tres días después del hecho, los policías investigados por el ataque fueron detenidos cuando llegaban a la comisaría donde trabajaban, y fueron procesados con prisión preventiva por el homicidio de Lucas, la tentativa de homicidio agravada y la privación ilegal de la libertad agravada respecto de sus tres amigos, y por el delito de falsedad ideológica.
Días después, también se apresó al comisario, el principal y dos oficiales la Comisaría Vecinal 4D de la Policía de la Ciudad, y al comisario y al subcomisario de la División Sumarios y Brigadas de la Comuna 4 de la Policía de la Ciudad, quienes fueron procesados por falsedad ideológica, encubrimiento agravado por la condición de funcionario público y por ser el delito precedente especialmente grave, privación ilegal de la libertad doblemente agravada por tratarse de funcionarios públicos en abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por ley, y por el delito de vejaciones en perjuicio de los jóvenes detenidos. También se procesó al subcomisario, al inspector y las dos oficiales como coautores de falso testimonio agravado.
Finalmente, el domingo pasado detuvieron a otro comisario y un comisario inspector, también acusados de encubrir los sucesos posteriores a la interceptación de los chicos.