Argentina tiene una deuda con las personas que fueron víctimas de Abuso Sexual en la Infancia (ASI). Los delitos anteriores a la sanción de la Ley de Respeto a los tiempos de las víctimas (2015), que muchas veces se animan a denunciar años después del hecho, se consideran proscriptos y se cajonean.
Por este motivo, más de 200 organizaciones de la Provincia de Buenos Aires, presentaron hoy un petitorio ante el Procurador de la Provincia, Julio Marcelo Conte Grand, para la consecución de «Juicios por la Verdad» para los casos de abuso sexual en la infancia cuyas acciones penales se encuentren extinguidas por prescripción.
La medida «está relacionado con la justicia restaurativa», explicó a Infocielo Claudia Carpintero, coordinadora general de la Red Provincial por Mujeres Libres de Violencia. «En Argentina hay una serie de legislaciones que se fueron dando que tienen por objeto cambiar los tiempos de prescripción de estos delitos. Pero la Ley formulada en 2015 abarca los casos a partir de ese año, no es retroactiva», agregó.
La Ley Piazza y La ley de “respeto al tiempo de las víctimas”
Según el Código Penal argentino (art. 63, que es de 1921), vigente para el Abuso Sexual en la Infancia hasta 2011, el plazo para denunciar empezaba a correr desde la medianoche del día en que se cometió el delito, sin diferenciación entre personas adultas, niñeces o adolescencias. Para el caso de abuso sexual, el término de prescripción oscila entre 4 y 12 años desde el momento del delito.
Finalmente el Congreso sancionó dos leyes para corregir esta situación: En 2011 sancionó la ley Piazza, impulsada por el diseñador de moda Roberto Piazza, que fue víctima de Abuso Sexual en la Infancia. La medida dispuso que el plazo de prescripción de los delitos empezaba a correr desde la medianoche del día en el que la víctima alcanzaba la mayoría de edad.
En 2015 la Ley Piazza se reemplazó por la Ley de «respeto al tiempo de las víctimas», el plazo comienza a correr cuando la persona denunciante alcanza la mayoría de edad y efectúa la denuncia (los dos requisitos).
Pero estas leyes no son efectivas para aquellas personas que sufrieron Abuso Sexual en la Infancia antes de 2011 por el principio de legalidad penal, que prohíbe que las leyes que crean delitos o aumentan penas, se apliquen de manera retroactiva.
Los «Juicios por la Verdad», reconocer y reparar
Los Juicios por la Verdad se originaron para juzgar hechos cometidos durante la última dictadura, luego de la sanción de las Leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Se apoyan en distintos instrumentos internacionales, como la Convención Americana de Derechos Humanos, la de los Derechos del Niño y sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
«Las mujeres y niñas que fueron abusadas en su infancia no están abarcadas en esa reforma legislativa. Entonces el objetivo de la propuesta es que ellas alcancen el derecho a la verdad porque los abusos siguen haciendo daño si no son juzgados, si no hay una restauración para la víctima», continuó Carpintero.
En este sentido, desde el petitorio presentado a los efectos de lograr que la propuesta restaurativa sea aprehendida e internalizada por los agentes del Ministerio Público Fiscal, puntualizaron en el deber del Estado de investigar «con debida diligencia la violencia contra niños, niñas, adolescentes y mujeres, que deriva de las garantías mencionadas, no debiera extinguirse concurrentemente con la acción penal nacida por la comisión del presunto delito».
«Si el procurador impulsa este pedido que le enviamos, a las víctimas de Abuso Sexual en la Infancia los ayuda a encontrar una solución jurídica porque van a poder presentarse, van a poder denunciar y esa denuncia va a llevar a un juicio y va a llevar a una sanción», puntualizó Claudia Carpintero. «Aunque la pena no sea efectiva, si es efectivo el derecho a la verdad. Saber que ese es el abusador. Eso restaura y sana«, detalló.
«Cuando las mujeres o niñas que han sido abusadas ponen en palabras y la justicia ampara esa palabra, eso es reparador», finalizó Carpintero.(INFOCIELO)