El Gobierno nacional aprobó este jueves el reglamento en el que se detalló las condiciones para que monotributistas accedan a créditos a tasa cero y que estima alcanzará a un millón y medio de contribuyentes en todo el país. A través de la Resolución 503/2021 que se publicó este jueves en el Boletín Oficial, el Ministerio de Desarrollo Productivo comunicó los requisitos de acceso “a los que deberán dar cumplimiento los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y las condiciones de financiamiento bajo las cuales se otorgarán.
Según la resolución que lleva la firma de Matías Kulfas se aprobó el Reglamento de Acceso al beneficio y se instruyó al Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) a que en su carácter de Fiduciario del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) remita a la AFIP, “el detalle de las beneficiarias y los beneficiarios del ‘Crédito a Tasa Cero’”.
En el contexto de la emergencia sanitaria, la medida busca aliviar a los pequeños contribuyentes con los nuevos créditos a tasa cero para monotributistas con un monto de $ 90.000 (categoría A), $ 120.000 (la B) y $ 150.000 (la C), siempre según la categoría de la AFIP al 30 de junio de este año, es decir, antes de que opere la recategorización de la escala.
Las financiaciones contarán con un plazo total de 18 meses contados a partir de su acreditación en la tarjeta de crédito del solicitante, incluido el período de gracia, que será de 6 meses.
Las solicitudes de los créditos podrán ser tramitadas hasta el día 31 de diciembre de este año ante la AFIP, mientras que las entidades financieras podrán recibirlas hasta el día 20 de enero de 2022.
Requisitos para acceder al crédito
- Para acceder al beneficio, los monotributistas deberán cumplir con las condiciones establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo, que entre otras exige: *Estar adheridos al monotributo al día 31 de mayo de 2021 y mantenerse adheridos hasta el momento de solicitar el Crédito. Cumplir las condiciones establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
- En los casos de solicitantes que registren factura electrónica podrán acceder al crédito cuando el promedio mensual de facturación del primer semestre del año 2021 no sea superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría. Para los contribuyentes que se encuentren inscriptos en la Categoría A, se tomará como límite la suma de $ 20.800.
- Los solicitantes que no registren factura electrónica podrán acceder al beneficio si el promedio mensual de compras del primer semestre del año 2021 es inferior al 80 % de la suma que resulte de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría. Para Categoría A, se tomará como límite la suma de $ 20.800.
- No percibir un ingreso en relación de dependencia, ni jubilación, y no prestar servicios al sector público (es decir, cuando al menos el 70% de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público)
- No estar en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 (va desde un riesgo medio hasta una condición de irrecuperable) en la central de deudores del Banco Central.
- Los beneficiarios no podrán acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera.
- Tampoco podrán realizar canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.
¿Cómo solicitar el crédito a tasa 0?
Para acceder al beneficio, los monotributistas deberán ingresar a la web de AFIP y con la clave fiscal seleccionar el servicio “Crédito Tasa Cero”.
En la web, el contribuyente verificará si califica para solicitar el préstamo y el monto del crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría. Además, deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.
Desde la AFIP explicaron que quienes hayan accedido a un Crédito a Tasa Cero el año pasado podrán tramitar un nuevo préstamo en 2021.
Cuando el solicitante se encuentre en situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito a cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.
El monto del crédito será desembolsado y acreditado al solicitante en una única cuota.
En la edición del año pasado, cuando la actividad económica del país se vio afectada por una cuarentena estricta, unos 560.000 monotributistas solicitaron el crédito a tasa 0. Desde la AFIP se indicó que el año pasado la mora fue de “menos del 10%”. (DIB)