El Gobierno nacional oficializó este sábado la medida que busca promover el trabajo registrado y la ampliación de la protección social de los trabajadores rurales que prestan servicios en actividades temporales y estacionales.
Lo hizo mediante la publicación del Decreto 514/2021 en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.
La medida había sido anunciada el jueves por el mandatario en un acto que encabezó en la ciudad entrerriana de Concordia, donde presentó el plan para la promoción del trabajo registrado y la ampliación de la protección social para 250.000 trabajadores rurales que realizan actividades temporales y estacionales en ese ámbito.
Además, establece una garantía a través de la cual los titulares de asignaciones universales que trabajen bajo esa modalidad percibirán los beneficios no contributivos que les correspondan, percibiendo como mínimo el monto equivalente al 100 por ciento del valor de las asignaciones universales por hijo para la protección social.
“Adecuación de normativa”
El decreto publicado hoy encomienda a la cartera de Trabajo a que, junto al Renatre, efectúe la “adecuación de la normativa vigente” y solicita a este organismo que “evalúe las modificaciones necesarias a los fines de adecuar la normativa a los objetivos” del programa.
La vigencia del decreto será desde “el 1º de septiembre y por el término de dos años contados desde dicha fecha”.
El jueves en Concordia, Fernández remarcó que el plan para la promoción del trabajo registrado “resuelve el dilema de 250.000 trabajadores rurales”, y destacó que la propuesta fue presentada por la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (Utep), y “cuenta con el acuerdo de los productores de las distintas regiones”.
El objetivo central de la iniciativa es “el mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores, así como también el crecimiento y la consolidación de las capacidades exportadoras de las economías regionales”, se detalla en la norma. (DIB)