El Gobierno promulgó la ley de Monotributo que aprobó el Congreso que establece beneficios fiscales, cambios en las escalas, elimina el retroactivo que se generó a principio de año, y establece una moratoria de hasta 60 cuotas.
A través del Decreto 480/2021, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán, fue promulgada la norma este jueves y ahora espera la reglamentación de la AFIP.
La iniciativa comenzó a gestarse cuando a principios del mes pasado, la AFIP actualizó en forma retroactiva las nuevas escalas y categorías, y recategorizó a más de 4 millones de personas.
Esto provocó que a contribuyentes que ya habían pagado en tiempo y forma se les generara una deuda por un aumento del 35% en los montos entre enero y mayo. Ante los fuertes reclamos, el Gobierno dio marcha atrás con la actualización y la semana pasada el Senado aprobó una modificación de la Ley de Monotributo.
La ley promulgada eleva las escalas del monotributo en un 35% respecto a los que regía anteriormente. Con los cambios quedarán de la siguiente forma:
- Categoría A: el límite de facturación anual pasa a $370.000
- Categoría B: el tope quedó en $550.000
- Categoría C: la facturación sube a $770.000
- Categoría D: el monto máximo se ubica en $1.060.000
- Categoría E: el límite máximo llega a $1.400.000
- Categoría F: el tope de facturación queda en $1.750.000
- Categoría G: el máximo aumenta a $2.100.000
- Categoría H: es la más alta para quienes venden servicios y el techo de facturación será de $2.600.000
- Categoría I: el máximo aumenta a $2.910.000
- Categoría J: el tope alcanza $3.335.000
- Categoría K: el máximo se incrementa hasta $3.700.000
La iniciativa impulsada por los diputados Sergio Massa y Máximo Kirchner establece que las escalas del primer semestre del año mantienen los valores de diciembre de 2020, sin el aumento retroactivo del 35%. Pero como la aprobación de los últimos cambios se demoró, la AFIP tuvo que extender el período para recategorizarse, primero hasta julio y ahora hasta el 17 de agosto. Y, por otra parte, hasta el 27 de agosto podrá realizarse el pago de la obligación mensual de dicho mes.
De esa forma, el cambio de categoría se dará en simultaneo con los nuevos umbrales de facturación establecidos por la nueva ley. La titular de la AFIP, Mercedes Marco del Ponto, detalló días atrás otras novedades en cuanto a la moratoria. “Va a haber ver tasas para categorías más bajas de hasta 60 cuotas del 1,25%, el proyecto decía hasta 1,50% y después serán más altas para las categorías más altas”, explicó.
Ese beneficio estará vigente una vez que se reglamente la norma y lo mismo ocurrirá con las otras modificaciones. Por ejemplo, aquellos que tengan una deuda podrán ingresar a la moratoria y aquellos que en algún momento salieron del monotributo por haber facturado por encima de los límites podrán volver al régimen.
Con esta reforma se crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes destinado a complementar el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.
El Gobierno busca así dar “mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas”, que suman un total de 4.080.151 contribuyentes; de los cuales 1.592.466 (39%) se encuentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y 2.487.685 (61%) en el resto del país.
La iniciativa también establece que aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones. (DIB)