El Gobierno bonaerense modificó en las últimas horas su plan inicial de aislamiento para personas que regresen del exterior. La estadía en hoteles por cuatro días deberá ser a costo del viajero, como se había especificado en un principio, pero la medida comenzará a regir para las personas que salgan del país desde hoy. Quienes ya estaban afuera deberán aislarse en sus domicilios los siete días.
Así lo dispuso la Resolución 192 de Jefatura de Gabinete y del Ministerio de Salud bonaerense publicada en el Boletín Oficial, que tiene como propósito retrasar el ingreso de la variante delta del coronavirus.
“Establecer que aquellas personas que tengan domicilio o residencia permanente o transitoria en la provincia de Buenos Aires y resulten negativo en la prueba para SARS- CoV-2 deberán cumplir con el aislamiento obligatorio por el término de cuatro días en los hoteles, albergues o establecimientos habilitados al efecto, completando dicho aislamiento en sus domicilios declarados por el término de tres días adicionales”, indica la norma.
Luego de que ayer algunos funcionarios bonaerenses deslizaran la posibilidad de que la Provincia asumiera esos costos para quienes ya estaban afuera, los equipos legales y técnicos del Gobierno afinaron el lápiz y definieron que la medida comenzara a regir desde este jueves 1 de julio.
Alrededor de un 45% de las personas que viajan al exterior y reingresan al país viven en la provincia de Buenos Aires, por lo que se estima que a partir del nuevo cupo nacional de ingreso de 600 viajeros diarios, serán unos 270 los que se sumen por día al aislamiento en territorio bonaerense.
Asimismo, de las personas que llegaron al país hasta ahora, un 33% no cumplió con el aislamiento obligatorio en la provincia de Buenos Aires, según se desprende de los distintos operativos de fiscalización realizados vía llamado telefónico a los domicilios.
En la medida se aclaró que además de la estadía en los hoteles, los costos de transporte y la comida “deberán ser asumidos por la persona que ingresa al país y el pago se hará efectivo directamente en el hotel, albergue o establecimiento”.
Asimismo, se dejó constancia de que las personas que arriben al país desde el exterior que no cumplan el aislamiento, podrán recibir sanciones previstas en el Decreto Ley N° 8841/77, conforme el procedimiento establecido en los Decretos N° 3707/98 y N° 1/21″, lo que implica multas de hasta $4.300.000.
Desde el Poder Ejecutivo se precisó que se fiscalizará el cumplimiento del aislamiento y, en caso de detectar un incumplimiento, se labrará un acta y se realizarán dos denuncias: una penal por atentado contra la salud pública; y otra ante un Juzgado de Paz por infracción a la normativa provincial.
Para poder dar cumplimiento a la resolución, el gobierno creó un registro de “Hoteles y Establecimientos para la Gestión de la Pandemia”, en el cual deberán inscribirse los hoteles, albergues o establecimientos habilitados para el alojamiento de personas.
Los hoteles, albergues o establecimientos habilitados para el alojamiento de personas, deberán inscribirse a través del sitio web https://www.gba.gob.ar/ y completar toda la información solicitada en dicho registro.
Así, las personas que deseen viajar, deberán completar una declaración jurada especial de la provincia de Buenos Aires en la cual asumen el compromiso de efectuar al regreso un aislamiento obligatorio de siete días: los primeros cuatro serán en hoteles habilitados por el gobierno de la provincia, en tanto que los tres restantes se llevarán a cabo en los domicilios particulares.
Asimismo, previo a retornar al país, se tendrá que completar en el formulario electrónico de la Dirección Nacional de Migraciones los datos del hotel y del domicilio en el cual cumplirá el periodo de aislamiento. (DIB)